us-irs-announcements-a-02-46•a-02-46.pdf
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# Part IV. -- Items of General Interest
# Additional Safe Harbor Explanations of Certain Qualified Plan Distributions
## Announcement 2002-46
This announcement contains a safe harbor explanation in Spanish that plan administrators can
provide to Spanish-speaking employees who are recipients of eligible rollover distributions from qualified
employer plans, tax-sheltered annuities or governmental § 457 plans in order to satisfy § 402(f) of the
Internal Revenue Code. Previously, in Notice 2002-3, 2002-2 I.R.B. 289, the Internal Revenue Service
published these safe harbor explanations in English.
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EXPLICACIÓN DEL CONCEPTO DE REFUGIO TRIBUTARIO EN LOS PLANES
CALIFICADOS CONFORME A LA SECCIÓN 401(a), LA SECCIÓN 403(a), PLANES DE
ANUALIDADES, O LA SECCIÓN 403(b), ANUALIDADES CON PAGO DEL IMPUESTO
DIFERIDO
## NOTIFICACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL SOBRE LOS PAGOS DE PLANES
En esta notificación se explica la forma en que usted puede continuar aplazando el pago del
impuesto federal sobre el ingreso en sus ahorros de la jubilación en el [INSERTAR AQUÍ EL
NOMBRE DEL PLAN] (en adelante denominado el "Plan"). La notificación contiene también una
información importante que usted debe conocer antes de decidir cómo va a recibir los beneficios o
pagos de su Plan.
Esta notificación se la envía a usted [INSERTAR AQUÍ EL NOMBRE DEL
ADMINISTRADOR DEL PLAN O, EN EL CASO DE UNA ANUALIDAD CONFORME A LA
SECCIÓN 403(b), ANUALIDADES CON PAGO DEL IMPUESTO DIFERIDO, LA ENTIDAD
PAGADORA] (en adelante denominado el "Administrador del Plan"), porque toda la cantidad o
parte del pago que va usted a recibir dentro de poco del Plan podría cumplir con los requisitos
establecidos para una reinversión por usted o su Administrador del Plan en una cuenta IRA
tradicional o en un plan patronal calificado. Una reinversión es un pago o transferencia efectuado
por usted o el Administrador del Plan de todo o parte de su beneficio a otro plan o a una cuenta
IRA que le permite continuar posponiendo el pago del impuesto sobre ese beneficio hasta que se le
pague. Su pago no puede reinvertirse en una cuenta Roth IRA, en una cuenta SIMPLE IRA ni en
una cuenta de ahorro para la educación Coverdell Education Savings Account (anteriormente
conocida como cuenta IRA para educación). Un "plan patronal calificado" consiste en un plan que
reúne los requisitos legales establecidos en la sección 401(a) del Código Tributario, que comprende
los planes siguientes: plan 401(k) del empleador, plan de participación en los beneficios, plan de
beneficios definidos, plan de acciones gratuitas y plan de contribución dineraria patronal al fondo
de pensiones; un plan de anualidad de la sección 403(a), una anualidad con pago del impuesto
diferido de la sección 403(b), y un plan calificado de la sección 457(b) mantenido por un
empleador del gobierno (plan 457 gubernamental).
Un plan patronal calificado no está legalmente obligado a aceptar una reinversión. Antes de
decidir reinvertir su pago en otro plan patronal, deberá averiguar si el plan acepta reinversiones y,
en caso afirmativo, los tipos de distribuciones que acepta como reinversión. Deberá informarse
también sobre los documentos requeridos que han de llenarse para que el plan receptor acepte una
reinversión. Aunque un plan acepte reinversiones, podría no aceptar reinversiones de ciertos tipos
de distribuciones, tales como las cantidades después de pagar los impuestos. Cuando éste sea el
caso y su distribución comprenda sumas después de pagar los impuestos, usted podría en su lugar,
si lo desea, reinvertir su distribución en una cuenta IRA tradicional o bien dividir la cantidad de la
reinversión entre el plan patronal en el que va a participar y una cuenta IRA tradicional. Si un plan
patronal acepta su reinversión, el mismo podría limitar las distribuciones posteriores de la cantidad
de reinversión o requerir el consentimiento de su cónyuge para cualquier distribución posterior.
Una distribución posterior del plan que acepta su reinversión podría estar también sujeta a un
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tratamiento tributario distinto al de las distribuciones de este Plan. Consulte con el administrador
del plan que va a recibir su reinversión antes de hacer la reinversión.
Si tiene usted algunas preguntas que hacer después de leer esta notificación, puede ponerse
en contacto con el Administrador de su plan [INSERTAR AQUÍ EL NÚMERO DE TELÉFONO U
OTRA INFORMACIÓN DE CONTACTO].
## RESUMEN
Hay dos maneras en que usted podría recibir un pago del Plan que reúne los requisitos
exigidos para una reinversión:
(1)
Ciertos pagos pueden hacerse directamente a una cuenta IRA tradicional que usted
tenga o a un plan patronal calificado que lo aceptará y mantendrá para su beneficio
("REINVERSIÓN DIRECTA"). O
(2)
Pago HECHO A USTED.
Si usted opta por una REINVERSIÓN DIRECTA:
· Su pago no tributará en el año actual ni se le hará ninguna retención del impuesto sobre
el ingreso.
· Usted decide si su pago se hará directamente a su cuenta IRA tradicional o a un plan
patronal calificado que acepta su reinversión. Su pago no puede reinvertirse en una
cuenta Roth IRA, una cuenta SIMPLE IRA ni en una cuenta de ahorro para educación
Coverdell Education Savings Account porque éstas no son cuentas IRA tradicionales.
· La parte tributable de su pago se gravará más tarde cuando la saque de su cuenta IRA
tradicional o del plan patronal calificado. Dependiendo del tipo de plan de que se trate,
la distribución posterior podría estar sujeta a un tratamiento tributario diferente al que se
aplicaría si usted recibiera una distribución tributable de este Plan.
Si opta por un pago HECHO A USTED del Plan que reúne los requisitos exigidos para una
reinversión:
· Recibirá solamente el 80% de la cantidad tributable del pago, porque el Administrador
del Plan tiene que retener el 20% de esa cantidad y enviarla al IRS como retención del
impuesto sobre el ingreso para ser acreditada contra sus impuestos.
· La cantidad tributable de su pago se gravará en el año actual, a menos que la reinvierta.
En ciertas circunstancias, usted podrá aplicar unas reglas tributarias especiales que
podrían reducir el impuesto que debe. Sin embargo, si usted recibe el pago antes de
cumplir 59 años y medio, tendría que pagar un impuesto adicional del 10%.
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· Usted puede reinvertir todo o parte del pago, transfiriéndolo a su cuenta IRA tradicional
o a un plan patronal calificado que acepte su reinversión dentro de un plazo de 60 días a
partir del recibo del pago. La cantidad reinvertida no tributará hasta que usted no la
saque de su cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado.
· Si usted desea reinvertir el 100% del pago en una cuenta IRA tradicional o en un plan
patronal calificado, tendrá que obtener el dinero de otra fuente para reponer el 20% de la
parte tributable que se le retuvo. Si reinvierte solamente el 80% del pago que recibió,
tendrá que pagar impuestos sobre el 20% que se le retuvo y no se reinvierte.
Su Derecho a Renunciar al Plazo de Notificación de 30 Días. En general, no podrá hacerse
una reinversión directa ni un pago del plan hasta 30 días, como mínimo, después de haber recibido
esta notificación. Por lo tanto, después de recibir esta notificación, tendrá un plazo, como mínimo,
de 30 días para pensar si va o no a reinvertir directamente su retiro. Si no quiere esperar hasta que
finalice ese plazo de notificación de 30 días para la tramitación de su opción, puede renunciar al
mismo, haciendo una elección afirmativa e indicando si desea o no una reinversión directa. Su
retiro será entonces tramitado de acuerdo con su opción lo antes posible después de recibirla el
Administrador del Plan.
## MÁS INFORMACIÓN
I.
PAGOS QUE PUEDEN Y QUE NO PUEDEN REINVERTIRSE
[]
II.
REINVERSIÓN DIRECTA
[]
III.
PAGO HECHO A USTED
[]
IV.
CÓNYUGES SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS SUSTITUTOS
Y OTROS BENEFICIARIOS
[]
I.
PAGOS QUE PUEDEN Y QUE NO PUEDEN REINVERTIRSE
Los pagos recibidos del Plan pueden ser "distribuciones de reinversión calificadas", o sea,
que pueden reinvertirse en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte
reinversiones. Los pagos de un plan no pueden reinvertirse en una cuenta Roth IRA, una cuenta
SIMPLE IRA ni en una cuenta Coverdell Education Savings Account [cuenta de ahorro para
educación]. El administrador de su Plan podrá decirle qué parte de su pago es una distribución de
reinversión calificada.
Contribuciones después de pagar los impuestos. Si usted hizo contribuciones al Plan
después de pagar los impuestos, estas contribuciones pueden reinvertirse en una cuenta IRA
tradicional o en ciertos planes patronales que acepten reinversiones de contribuciones después de
pagar los impuestos. Se aplican las reglas siguientes:
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a) Reinversión en una cuenta IRA tradicional. Puede reinvertir sus contribuciones después de
pagar los impuestos en una cuenta IRA tradicional directa o indirectamente. El
administrador de su plan podrá decirle qué cantidad de su pago es la parte tributable y qué
cantidad es la parte después de los impuestos.
Si reinvierte contribuciones después de pagar los impuestos en una cuenta IRA tradicional,
será su responsabilidad mantener un registro, e informar al IRS en las formas
correspondientes, de la cantidad de esas contribuciones después de los impuestos. Esto
permitirá calcular la cantidad no tributable de cualquier distribución futura de la cuenta IRA
tradicional.
Una vez realizada la reinversión de sus contribuciones después de los impuestos en una
cuenta IRA tradicional, estas cantidades NO PODRÁN reinvertirse más tarde en un plan
patronal.
b)
Reinversión en un Plan Patronal. Puede reinvertir contribuciones después del impuesto
procedentes de un plan patronal que cumpla con los requisitos establecidos conforme a la
sección 401(a) o un plan de anualidad de la sección 403(a) del Código Tributario en otro
plan semejante utilizando una reinversión directa, si este otro plan mantiene una
contabilidad separada de las cantidades reinvertidas, incluida una contabilidad separada
para las contribuciones del empleado después del impuesto y de los ingresos devengados en
dichas contribuciones. Asimismo, puede usted reinvertir también contribuciones después
del impuesto de una anualidad con pago del impuesto diferido de la sección 403(b) en otra
anualidad del mismo tipo, utilizando una reinversión directa, si la otra anualidad con pago
del impuesto diferido mantiene una contabilidad separada para las cantidades reinvertidas,
incluida una contabilidad separada para las contribuciones del empleado después de pagar
los impuestos y de los ingresos devengados en dichas contribuciones. Usted NO PUEDE
reinvertir contribuciones después del impuesto en un plan 457 gubernamental. Si quiere
reinvertir sus contribuciones después del impuesto en un plan patronal que acepta dichas
reinversiones, no podrá ordenar que le paguen a usted primero las contribuciones después
del impuesto. Tendrá que dar instrucciones al Administrador del Plan de dicho Plan para
que haga una reinversión directa en su nombre. Además, usted no puede reinvertir primero
contribuciones después del impuesto en una cuenta IRA tradicional y reinvertir luego esa
cantidad en un plan patronal.
Los tipos de pagos que se indican a continuación no pueden reinvertirse:
Pagos espaciados en períodos largos de tiempo. No podrá reinvertir un pago si éste forma
parte de una serie de pagos iguales (o casi iguales) que se hacen al menos una vez al año y que
durarán:
· Toda su vida (o un período basado en su expectativa de vida). O
· Toda su vida y toda la vida de su beneficiario (o un período basado en las expectativas
de vida de ambos). O
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· Un período de 10 o más años.
Pagos mínimos requeridos. A partir de la fecha en que cumpla 70 años y medio o se jubile,
la fecha que ocurra más tarde, cierta cantidad de su pago no podrá reinvertirse, porque existe un
"pago mínimo requerido" que deberá hacérsele a usted. Se aplican unas reglas especiales si usted
posee una participación de más del 5% en la empresa de su empleador.
Distribuciones por dificultades excepcionales. Una distribución por dificultades
excepcionales no puede reinvertirse.
Dividendos de un plan ESOP. Los dividendos en efectivo que usted percibe de acciones
poseídas en un plan de compra de acciones para los empleados u obreros (ESOP) no pueden
reinvertirse.
Distribuciones correctivas. Una distribución que se hace para remediar una prueba de no
discriminación no satisfecha o porque los límites legales establecidos para ciertas contribuciones
fueron excedidos no puede reinvertirse.
Préstamos tratados como distribuciones. La cuantía de un préstamo con cargo a un plan
considerada una distribución tributable por incumplimiento de pago no puede reinvertirse. Sin
embargo, una cuantía compensatoria del préstamo puede reinvertirse, como se explicará en la Parte
III más adelante. Pregunte al Administrador del Plan de dicho Plan si la distribución de su
préstamo cumple con los requisitos exigidos para tratarlo como reinversión.
El Administrador del Plan de dicho Plan podrá indicarle si su pago incluye cantidades que
no pueden reinvertirse.
### II. REINVERSIÓN DIRECTA
UNA REINVERSIÓN DIRECTA es un pago directo de la cantidad de sus beneficios
recibidos del Plan en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que lo acepte.
Usted puede optar por una REINVERSIÓN DIRECTA de todo o de cualquier parte de su pago que
sea una distribución de reinversión calificada, según se ha descrito anteriormente en la Parte I.
Cualquier parte tributable de su pago de la que opte por una REINVERSIÓN DIRECTA se gravará
más tarde cuando la saque de su cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado. Además, no
se requerirá hacer ninguna retención del impuesto sobre el ingreso en ninguna parte tributable de
sus beneficios del Plan de la que opte por una REINVERSIÓN DIRECTA. Este plan posiblemente
no le permita optar por una REINVERSIÓN DIRECTA si sus distribuciones durante el año son
menos de $200.
REINVERSIÓN DIRECTA en una cuenta IRA tradicional. Puede abrir una cuenta IRA
tradicional para recibir la reinversión directa. Si decide que se le haga su pago directamente en una
cuenta IRA tradicional, póngase en contacto con una entidad patrocinadora de una cuenta IRA
(normalmente una institución financiera) para averiguar cómo se hace una reinversión directa en
una cuenta IRA tradicional en esa institución. Si no está seguro de cómo invertir su dinero, puede
abrir temporalmente una IRA tradicional para recibir el pago. Sin embargo, al elegir una cuenta
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IRA tradicional, debiera asegurarse de que la cuenta IRA tradicional que elige le permitirá
transferir todo o parte de su pago a otra cuenta IRA tradicional en una fecha posterior sin
penalizaciones u otras restricciones. Véase la Publicación 590, Planes de Ahorro para la Jubilación,
del IRS, para obtener información adicional sobre las cuentas IRA tradicionales (incluidas las
limitaciones sobre la frecuencia con que puede usted reinvertir entre cuentas IRA).
REINVERSIÓN DIRECTA en un Plan. Si usted trabaja para un nuevo empleador que
posee un plan patronal calificado y desea hacer una reinversión directa en ese plan, pregunte al
administrador del plan de ese plan si aceptará su reinversión. Un plan patronal calificado no está
legalmente obligado a aceptar una reinversión. Aunque el plan de su nuevo empleador no acepte
una reinversión, usted puede optar por una REINVERSIÓN DIRECTA en una cuenta IRA
tradicional. Si el plan del empleador acepta su reinversión, el mismo podría poner restricciones en
cuanto a las circunstancias en que usted podría recibir más tarde una distribución de la cantidad
reinvertida o podría requerir el consenso del cónyuge para cualquier distribución posterior.
Consulte con el administrador del plan de dicho plan antes de tomar su decisión.
REINVERSIÓN DIRECTA de una serie de pagos. Si usted recibe un pago que puede
reinvertirse en una cuanta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que lo acepte y se
efectúa en una serie de pagos durante un plazo de menos de 10 años, su opción de hacer o no una
REINVERSIÓN DIRECTA para un pago se aplicará a todos los pagos posteriores de la serie hasta
que cambie su opción. Tendrá libertad para cambiar su opción respecto a cualquier pago posterior
de la serie.
Cambio del tratamiento tributario como resultado de una REINVERSIÓN DIRECTA. El
tratamiento tributario de cualquier pago del plan patronal calificado o la cuenta IRA tradicional que
recibe su REINVERSIÓN DIRECTA podría ser diferente al que se aplicaría si recibiera su
beneficio en una distribución tributable directamente del Plan. Por ejemplo, si usted nació antes del
1 de enero de 1936, podría tener derecho a un tratamiento en forma de prorrateo del impuesto de
diez años o como ganancia de capital, como se explicará más adelante. Sin embargo, si ordena que
su beneficio se le reinvierta en una anualidad con pago del impuesto diferido de la sección 403(b),
un plan 457 gubernamental o una cuenta IRA tradicional en una REINVERSIÓN DIRECTA, su
beneficio no podrá ya acogerse a dicho tratamiento tributario especial. Véanse más adelante las
secciones tituladas "Impuesto adicional del 10% si usted no ha cumplido 59 años y medio" y
"Tratamiento tributario especial si usted nació antes del 1 de enero de 1936".
### III. PAGO HECHO A USTED
Si su pago puede reinvertirse (véase la Parte I anterior) y éste se le hace en efectivo,
entonces estará sujeto a una retención del impuesto federal sobre el ingreso del 20% sobre la parte
tributable (y posiblemente también a una retención del impuesto estatal). El impuesto sobre el pago
se grava en el año en que lo recibe, a menos que lo reinvierta dentro de un plazo de 60 días en una
cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte reinversiones. Si no lo
reinvierte, podrían aplicarse ciertas reglas tributarias especiales.
Retención del impuesto sobre el ingreso:
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Retención obligatoria. Si cualquier parte de su pago puede reinvertirse conforme a lo
establecido en la Parte I anterior y usted no opta por hacer una REINVERSIÓN DIRECTA, el Plan
estará obligado por ley a retenerle el 20% de la cantidad tributable. Esta cantidad se envía al IRA
como retención del impuesto sobre el ingreso. Por ejemplo, si puede reinvertir un pago tributable
de $10,000, se le pagará solamente $8,000, porque el Plan tiene que retener $2,000 como impuesto
sobre el ingreso. Sin embargo, cuando usted prepare su declaración del impuesto sobre el ingreso
para el año, salvo que haga una reinversión dentro de un plazo de 60 días (véase "Opción de
reinversión de sesenta días" más adelante), tendrá que declarar la cantidad total de $10,000 como
un pago tributable del Plan. Debe declarar los $2,000 como una retención del impuesto y se le
acreditará esa cantidad contra cualquier impuesto sobre el ingreso que deba para el año. No se hará
ninguna retención del impuesto sobre el ingreso si sus pagos para el año son menos de $200.
Retención voluntaria. Si cualquier parte de su pago es tributable, pero no puede reinvertirse
de acuerdo con lo establecido en la Parte I precedente, las reglas sobre la retención obligatoria que
se han descrito anteriormente no son aplicables. En tal caso, podría elegir que no se le haga
retención sobre esa parte. Si usted no hace nada, se le descontará una cantidad de esa parte de su
pago en concepto de retención del impuesto federal sobre el ingreso. Para no optar por la
retención, solicite al Administrador del Plan la forma de la opción y la información pertinente.
Opción de reinversión de sesenta días. Si recibe un pago que puede reinvertirse conforme a
lo establecido en la Parte I anterior, usted podrá, no obstante, optar por reinvertir todo el pago o
parte del mismo en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte
reinversiones. Si decide hacer una reinversión, tendrá que transferir la cantidad del pago que
recibió a una cuenta IRA tradicional o a un plan patronal calificado dentro de un plazo de 60 días a
partir de la fecha en que recibió el pago. La parte de su pago que se reinvierte no se gravará hasta
que usted la saque de la cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado.
Podrá reinvertir hasta el 100% de su pago que pueda reinvertirse conforme a lo dispuesto en
la Parte I anterior, incluida una cantidad igual al 20% de la parte tributable que le fue retenida. Si
opta por reinvertir el 100%, tendrá que obtener el dinero de otra parte dentro de un plazo de 60 días
para contribuir a la cuenta IRA tradicional o al plan patronal calificado para reponer el 20% que se
le retuvo. Por otra parte, si reinvierte solamente el 80% de la parte tributable que recibió, tendrá
que pagar impuesto sobre el 20% que se le retuvo.
Ejemplo: La parte tributable de su pago que puede reinvertirse de acuerdo con lo
establecido en la Parte I anterior es una suma de $10,000 y puede elegir que se le pague a
usted. Recibirá $8,000, y $2,000 se enviarán al IRS como retención del impuesto sobre el
ingreso. Dentro de un plazo de 60 días de haber recibido los $8,000, usted podrá reinvertir
toda la cantidad de $10,000 en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado.
Para ello, reinvertirá los $8,000 que recibió del Plan y tendrá que obtener $2,000 de otras
fuentes (sus ahorros, un préstamo, etc.). En tal caso, la cantidad total de $10,000 no
tributará hasta que la saque de la cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado. Si
reinvierte la suma total de los $10,000, cuando presente su declaración del impuesto sobre
el ingreso, podría obtener un reembolso de parte o de toda la cantidad de los $2,000
retenidos.
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Si, por otro lado, usted reinvierte solamente $8,000, los $2,000 que no reinvirtió tributarán
en el año en que se retuvieron. Cuando presente su declaración del impuesto sobre el
ingreso, podría obtener un reembolso de parte de los $2,000 que le fueron retenidos. (Sin
embargo, cualquier reembolso será probablemente mayor si reinvierte toda la cantidad de
los $10,000).
Impuesto adicional del 10% si usted no ha cumplido 59 años y medio". Si recibe un pago
antes de cumplir 59 años y medio y no lo reinvierte, entonces, además del impuesto ordinario sobre
el ingreso, tendría que pagar un impuesto adicional igual al 10% de la parte tributable del pago. El
impuesto adicional del 10% no se aplica generalmente a (1) los pagos que se hacen después de
haber cesado usted de trabajar para su empleador en el año o después del año en que cumpla usted
55 años; (2) los pagos que se hacen porque se jubila por incapacidad; (3) los pagos que se hacen
como pagos iguales (o casi iguales) durante su vida o expectativa de vida (o durante las vidas y
expectativas de vida de usted y su beneficiario); (4) los dividendos pagados en acciones por un plan
de compra de acciones para los empleados (ESOP), según se describe en la sección 404(k) del
Código Tributario; (5) los pagos que se hacen directamente al gobierno para pagar un gravamen de
impuesto federal; (6) los pagos que se hacen a un beneficiario sustituto conforme a una orden
judicial de asuntos familiares calificada, o (7) los pagos que no exceden de la cantidad de sus gastos
médicos deducibles. Véase la Forma 5329 del IRS para obtener información adicional sobre el
impuesto adicional del 10%.
El impuesto adicional del 10% no se aplica a las distribuciones de un plan 457
gubernamental, salvo en la medida en que la distribución sea atribuible a una cantidad que usted
reinvirtió en ese plan (ajustada para los rendimientos de la inversión) de otro tipo de plan patronal
calificado o IRA. Cualquier cantidad reinvertida de un plan 457 gubernamental en otro tipo de plan
patronal calificado o en una cuenta IRA tradicional estará sujeta al impuesto adicional del 10% si se
le distribuye antes de cumplir usted los 59 años y medio, a menos que le sea aplicable una de las
excepciones.
"Tratamiento tributario especial si usted nació antes del 1 de enero de 1936". Si recibe un
pago de un plan calificado conforme a la sección 401(a) o un plan de anualidad de la sección 403(a)
que puede reinvertirse de acuerdo con la Parte I y no lo reinvierte en una cuenta IRA tradicional o
en un plan patronal calificado, el pago tributará en el año que lo recibe. Sin embargo, si el pago se
considera una "distribución en una suma global", podría calificarse para un tratamiento tributario
especial. (Véase también "Acciones o títulos del empleador" más adelante.) La distribución en
una suma global es un pago, dentro de un año, de todo su saldo en el Plan (y en otros planes
patronales similares) que es pagadero a su favor después de haber cumplido 59 años y medio o
porque ha cesado usted de trabajar para su empleador (o, en el caso de una persona que trabaja por
cuenta propia, después de haber usted cumplido 59 años y medio o de haberse declarado
incapacitado). Para que un pago pueda tratarse como una distribución en una suma global, usted
tendrá que haber participado en el plan cinco años, como mínimo, antes del año en que recibió la
distribución. A continuación se describe el tratamiento tributario especial para las distribuciones en
una suma global que podría haber a su disposición.
Prorrateo de diez años. Si recibe una distribución en una suma global y nació antes
del 1 de enero de 1936, podrá tomar una opción usada una sola vez para calcular el
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impuesto sobre el pago, utilizando el "prorrateo de 10 años" (utilizando las tasas de
impuesto de 1986). El prorrateo de diez años suele reducir el impuesto que usted debe.
Tratamiento como ganancia de capital. Si recibe una distribución en una suma
global, nació antes del 1 de enero de 1936 y participó en el Plan antes de 1974, podrá elegir
que la parte de su pago atribuible a su participación anterior a 1974 en el Plan le sea tratada
para efectos de los impuestos como ganancia de capital a una tasa del 20%.
Hay otras restricciones sobre el tratamiento tributario especial para las distribuciones en una
suma global. Por ejemplo, usted puede generalmente optar por este tratamiento tributario especial
solamente una vez durante su vida, y la opción se aplica a todas las distribuciones en una suma
global que reciba en ese mismo año. Puede no elegir este tratamiento tributario especial si
reinvirtió cantidades en ese Plan de un contrato de anualidad con pago del impuesto diferido de la
sección 403(b), un plan 457 gubernamental o una cuenta IRA no atribuible originalmente a un plan
patronal calificado. Si ha reinvertido anteriormente una distribución de dicho Plan (o de otros
planes patronales similares determinados), no podrá utilizar el tratamiento especial del prorrateo
para pagos posteriores del Plan. Si reinvierte su pago en una cuenta IRA tradicional, un plan 457
gubernamental o en una anualidad con pago del impuesto diferido de la sección 403(b), no podrá
utilizar el tratamiento tributario especial para pagos posteriores de esa cuenta IRA, plan o
anualidad. Asimismo, si reinvierte solamente una parte de su pago en una cuenta IRA tradicional,
un plan 457 gubernamental o en una anualidad con pago del impuesto diferido de la sección 403(b),
no se podrá aplicar este tratamiento tributario especial al resto del pago. Véase la Forma 4972 del
IRS para obtener información adicional sobre las distribuciones en una suma global y cómo puede
usted elegir el tratamiento tributario especial.
Acciones o títulos de un plan patronal. Hay una regla especial que se aplica a un pago del
Plan que incluye acciones patronales (u otros títulos patronales). Para utilizar esta regla especial, 1)
el pago tiene que calificarse como distribución en una suma global, como se ha descrito ya
anteriormente, salvo que usted no necesitará cinco años de participación en el plan o 2) las acciones
patronales incluidas en el pago deben ser atribuibles a contribuciones del empleado u obrero
"después del impuesto", si las hubiera. De acuerdo con esa regla especial, usted puede tener la
opción de no pagar impuesto sobre la "valorización no realizada neta" de las acciones hasta que las
venda. La valorización no realizada neta es generalmente el incremento del valor de la acción
patronal durante el tiempo en que la acción fue poseída por el Plan. Por ejemplo, si la acción
patronal fue contribuida a su cuenta del Plan cuando ésta valía $1,000, pero la acción valía $1,200
cuando la recibió, no tendría que pagar impuesto sobre el incremento de valor de $200 hasta que
usted venda la acción posteriormente.
Usted podría, en su lugar, optar por hacer que no se aplique la regla especial a la
valorización no realizada neta. En tal caso, su valorización no realizada neta se gravará en el año
que reciba la acción, a menos que la reinvierta. La acción puede reinvertirse en una cuenta IRA
tradicional o en otro plan patronal calificado, bien en forma de una reinversión directa o de una
reinversión que haga usted mismo. En general, no podrá ya utilizar la regla especial para la
valorización no realizada neta si reinvierte la acción en una cuenta IRA tradicional o en un plan
patronal calificado.
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Si recibe solamente acciones de un plan patronal en un pago que puede reinvertirse, no se le
retendrá ninguna cantidad del pago. Si recibe dinero efectivo u otros bienes que no sean acciones
de un plan patronal, y también acciones de un plan patronal, en un pago que puede reinvertirse, la
cantidad de la retención del 20% se basará en la cantidad total tributable que se le haya pagado
(incluido el valor de las acciones de un plan patronal calculado excluyendo la valorización no
realizada neta). Sin embargo, la cantidad retenida se limitará al efectivo o bienes recibidos
(excluidas las acciones de un plan patronal) que se le hayan pagado.
Si recibe acciones de un plan patronal en un pago que se considera una distribución en una
suma global, se podrá también aplicar el tratamiento tributario especial para las distribuciones en
una suma global que se ha descrito anteriormente (como el prorrateo de 10 años). Véase la Forma
4972 del IRS para obtener información adicional sobre estas reglas.
Reembolso de préstamos del Plan. Si su empleo cesa y tiene usted un préstamo pendiente
con su Plan, su empleador puede reducir (o "compensar") su saldo en el Plan por la cuantía del
préstamo que no haya pagado. La cuantía de la compensación del préstamo se trata como si fuera
una distribución que se le hace a usted en el momento de la compensación y tributará, a menos que
usted reinvierta una cantidad igual a la cantidad de la compensación de su préstamo en otro plan
patronal calificado o en una cuenta IRA tradicional dentro de un plazo de 60 días a partir de la
fecha de la compensación. Si la cantidad de la compensación de su préstamo es la única cantidad
que usted recibe o se trata como si la hubiera recibido, no se le retendrá ninguna cantidad de ella.
Si recibe otros pagos en efectivo o bienes del Plan, la cantidad de retención del 20% se basará en la
cantidad total que se le haya pagado, incluida la cantidad de la compensación del préstamo. La
cantidad retenida se limitará a la cantidad de otros pagos en efectivos o bienes que se le hayan
hecho (que no sean títulos de planes patronales). La cantidad de un préstamo del plan con
incumplimiento de pago que se considere una distribución tributable no puede reinvertirse.
### IV. CÓNYUGES SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS SUSTITUTOS Y OTROS BENEFICIARIOS
En general, las reglas que se han resumido anteriormente aplicables a los pagos efectuados a
los empleados se aplican también a los cónyuges sobrevivientes de los empleados y a los cónyuges
o ex cónyuges que son "beneficiarios sustitutos". Usted es un beneficiario sustituto cuando su
participación en el Plan se debe a una "orden judicial de asuntos familiares especificada", que es
una orden dictada por un tribunal, normalmente en relación con un divorcio o una separación legal.
Si usted es un cónyuge sobreviviente o un beneficiario sustituto, podría optar por un pago
que puede reinvertirse, como ya se ha descrito en la Parte I, efectuado en forma de REINVERSIÓN
DIRECTA en una cuenta IRA tradicional o un plan patronal calificado o hecho a usted. Si hace
que el pago se le haga a usted, puede quedarse con él o reinvertirlo usted mismo en una cuenta IRA
tradicional o en un plan patronal calificado. Así, pues, usted tendrá las mismas opciones que las del
empleado.
Si es un beneficiario que no sea un cónyuge sobreviviente o un beneficiario sustituto, no
podrá optar por una reinversión directa ni reinvertir el pago usted mismo.
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Si es un cónyuge sobreviviente, un beneficiario sustituto u otro beneficiario, su pago no
estará normalmente sujeto al impuesto adicional del 10% que se ha descrito anteriormente en la
Parte III, aunque no haya cumplido los 591/2.
Si es un cónyuge sobreviviente, un beneficiario sustituto u otro beneficiario, usted podría
utilizar el tratamiento tributario especial para las distribuciones en una suma global y la regla
especial para los pagos que incluyen acciones de planes patronales, como ya se ha descrito en la
Parte III. Si recibe un pago por fallecimiento del empleado, usted podría tratar el pago como una
distribución en una suma global si el empleado cumple con los requisitos de edad correspondientes,
independientemente de si éste participó o no 5 años en el Plan.
## CÓMO OBTENER INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta notificación ofrece solamente un resumen de las reglas tributarias federales (no
estatales o municipales) que podrían aplicarse a su pago. Las reglas que se han descrito
anteriormente son complejas y contienen muchas condiciones y excepciones que no se han incluido
en esta notificación. Por lo tanto, debiera consultar con el Administrador del Plan o con un asesor
de impuestos profesional antes de obtener un pago de sus beneficios del Plan. Puede también
encontrar información más específica sobre el tratamiento fiscal de los pagos percibidos de planes
patronales calificados en la Publicación 575, Ingresos de Pensiones y Anualidades, y la Publicación
590, Planes de Ahorro para la Jubilación, del IRS. Estas publicaciones se pueden obtener en su
oficina local del IRS, a través del sitio web de la Internet en la dirección www.irs.gov o llamando al
número 1-800-TAX-FORM (1-800-829-3676).
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# EXPLICACIÓN DEL CONCEPTO DE REFUGIO TRIBUTARIO EN LOS PLANES 457 GUBERNAMENTALES
NOTIFICACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL SOBRE LOS PAGOS DE PLANES
En esta notificación se explica la forma en que usted puede continuar aplazando el pago del
impuesto federal sobre el ingreso en sus ahorros de la jubilación en el [INSERTAR AQUÍ EL
NOMBRE DEL PLAN] (en adelante denominado el "Plan"). La notificación contiene también una
información importante que usted debe conocer antes de decidir cómo va a recibir los beneficios o
pagos de su Plan.
Esta notificación se la envía a usted [INSERTAR AQUÍ EL NOMBRE DEL
ADMINISTRADOR DEL PLAN] (en adelante denominado el "Administrador del Plan"), porque
toda la cantidad o parte del pago que va usted a recibir dentro de poco del Plan podría cumplir con
los requisitos establecidos para una reinversión por usted o su Administrador del Plan en una
cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado. Una reinversión es un pago o transferencia
efectuado por usted o el Administrador del Plan de todo o parte de su beneficio a otro plan o a una
cuenta IRA que le permite continuar posponiendo el pago del impuesto sobre ese beneficio hasta
que se le pague. Su pago no puede reinvertirse en una cuenta Roth IRA, en una cuenta SIMPLE
IRA ni en una cuenta de ahorro para la educación Coverdell Education Savings Account
(anteriormente conocida como cuenta IRA para educación). Un "plan patronal calificado" consiste
en un plan que reúne los requisitos legales establecidos en la sección 401(a) del Código Tributario,
que comprende los planes siguientes: plan 401(k) del empleador, plan de participación en los
beneficios, plan de beneficios definidos, plan de acciones gratuitas y plan de contribución dineraria
patronal al fondo de pensiones; un plan de anualidad de la sección 403(a), una anualidad con pago
del impuesto diferido de la sección 403(b), y un plan calificado de la sección 457(b) mantenido por
un empleador del gobierno (plan 457 gubernamental). El Plan aquí es un plan 457 gubernamental.
Un plan patronal calificado no está legalmente obligado a aceptar una reinversión. Antes de
decidir reinvertir su pago en otro plan patronal, deberá averiguar si el plan acepta reinversiones y,
en caso afirmativo, los tipos de distribuciones que acepta como reinversión. Deberá informarse
también sobre los documentos requeridos que han de llenarse para que el plan receptor acepte una
reinversión. Aunque un plan acepte reinversiones, podría no aceptar reinversiones de ciertos tipos
de distribuciones. Cuando éste sea el caso, usted podría en su lugar, si lo desea, reinvertir su
distribución en una cuenta IRA tradicional o bien dividir la cantidad de la reinversión entre el plan
patronal en el que va a participar y una cuenta IRA tradicional. Si un plan patronal acepta su
reinversión, el mismo podría limitar las distribuciones posteriores de la cantidad de reinversión o
requerir el consentimiento de su cónyuge para cualquier distribución posterior. Una distribución
posterior del plan que acepta su reinversión podría estar también sujeta a un tratamiento tributario
distinto al de las distribuciones de este Plan. Consulte con el administrador del plan que va a recibir
su reinversión antes de hacer la reinversión.
Si tiene usted algunas preguntas que hacer después de leer esta notificación, puede ponerse
en contacto con el administrador de su plan [INSERTAR AQUÍ EL NÚMERO DE TELÉFONO U
OTRA INFORMACIÓN DE CONTACTO].
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## RESUMEN
Hay dos maneras en que usted podría recibir un pago del Plan que reúne los requisitos
exigidos para una reinversión:
(1)
Ciertos pagos pueden hacerse directamente a una cuenta IRA tradicional que usted
tenga o a un plan patronal calificado que lo aceptará y mantendrá para su beneficio
("REINVERSIÓN DIRECTA"). O
(2)
Pago HECHO A USTED.
Si usted opta por una REINVERSIÓN DIRECTA:
· Su pago no tributará en el año actual ni se le hará ninguna retención del impuesto sobre
el ingreso.
· Usted decide si su pago se hará directamente a su cuenta IRA tradicional o a un plan
patronal calificado que acepta su reinversión. Su pago no puede reinvertirse en una
cuenta Roth IRA, una cuenta SIMPLE IRA ni en una cuenta de ahorro para educación
Coverdell Education Savings Account porque éstas no son cuentas IRA tradicionales.
· La parte tributable de su pago se gravará más tarde cuando la saque de su cuenta IRA
tradicional o del plan patronal calificado. Dependiendo del tipo de plan de que se trate,
la distribución posterior podría estar sujeta a un tratamiento tributario diferente al que se
aplicaría si usted recibiera una distribución tributable de este Plan.
Si opta por un pago HECHO A USTED del Plan que reúne los requisitos exigidos para una
reinversión:
· Recibirá solamente el 80% de la cantidad tributable del pago, porque el Administrador
del Plan tiene que retener el 20% de esa cantidad y enviarla al IRS como retención del
impuesto sobre el ingreso para ser acreditada contra sus impuestos.
· La cantidad tributable de su pago se gravará en el año actual, a menos que la reinvierta.
· Usted puede reinvertir todo o parte del pago, transfiriéndolo a su cuenta IRA tradicional
o a un plan patronal calificado que acepte su reinversión dentro de un plazo de 60 días a
partir del recibo del pago. La cantidad reinvertida no tributará hasta que usted no la
saque de su cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado.
· Si usted desea reinvertir el 100% del pago en una cuenta IRA tradicional o en un plan
patronal calificado, tendrá que obtener el dinero de otra fuente para reponer el 20% de la
parte tributable que se le retuvo. Si reinvierte solamente el 80% del pago que recibió,
tendrá que pagar impuestos sobre el 20% que se le retuvo y no se reinvierte.
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Su Derecho a Renunciar al Plazo de Notificación de 30 Días. En general, no podrá hacerse
una reinversión directa ni un pago del plan hasta 30 días, como mínimo, después de haber recibido
esta notificación. Por lo tanto, después de recibir esta notificación, tendrá un plazo, como mínimo,
de 30 días para pensar si va o no a reinvertir directamente su retiro. Si no quiere esperar hasta que
finalice ese plazo de notificación de 30 días para la tramitación de su opción, puede renunciar al
mismo, haciendo una elección afirmativa e indicando si desea o no una reinversión directa. Su
retiro será entonces tramitado de acuerdo con su opción lo antes posible después de recibirla el
Administrador del Plan.
## MÁS INFORMACIÓN
I.
PAGOS QUE PUEDEN Y QUE NO PUEDEN REINVERTIRSE
[]
II.
REINVERSIÓN DIRECTA
[]
III.
PAGO HECHO A USTED
[]
IV.
CÓNYUGES SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS SUSTITUTOS
Y OTROS BENEFICIARIOS
[]
## I. PAGOS QUE PUEDEN Y QUE NO PUEDEN REINVERTIRSE
Los pagos recibidos del Plan pueden ser "distribuciones de reinversión calificadas", o sea,
que pueden reinvertirse en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte
reinversiones. Los pagos de un plan no pueden reinvertirse en una cuenta Roth IRA, una cuenta
SIMPLE IRA ni en una cuenta de ahorro para educación Coverdell Education Savings Account. El
administrador de su Plan podrá decirle qué parte de su pago es una distribución de reinversión
calificada.
Los tipos de pagos que se indican a continuación no pueden reinvertirse:
Pagos espaciados en períodos largos de tiempo. No podrá reinvertir un pago si éste forma
parte de una serie de pagos iguales (o casi iguales) que se hacen al menos una vez al año y que
durarán:
· Toda su vida (o un período basado en su expectativa de vida). O
· Toda su vida y toda la vida de su beneficiario (o un período basado en las expectativas
de vida de ambos). O
· Un período de 10 o más años.
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Pagos mínimos requeridos. A partir de la fecha en que cumpla 70 años y medio o se jubile,
la fecha que ocurra más tarde, cierta cantidad de su pago no podrá reinvertirse, porque existe un
"pago mínimo requerido" que deberá hacérsele a usted.
Distribuciones por casos de emergencia imprevistos. Una distribución por un caso de
emergencia imprevisto no puede reinvertirse.
Distribuciones de contribuciones excesivas. Una distribución que se hace por que se han
excedido los límites legales establecidos para ciertas contribuciones no puede reinvertirse.
Préstamos tratados como distribuciones. La cuantía de un préstamo con cargo a un plan
considerada una distribución tributable por incumplimiento de pago no puede reinvertirse. Sin
embargo, una cuantía compensatoria del préstamo puede reinvertirse, como se explicará en la Parte
III más adelante. Pregunte al Administrador del Plan de dicho Plan si la distribución de su
préstamo cumple con los requisitos exigidos para tratarlo como reinversión.
El Administrador del Plan de dicho Plan podrá indicarle si su pago incluye cantidades que
no pueden reinvertirse.
## II. REINVERSIÓN DIRECTA
UNA REINVERSIÓN DIRECTA es un pago directo de la cantidad de sus beneficios
recibidos del Plan en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que lo acepte.
Usted puede optar por una REINVERSIÓN DIRECTA de todo o de cualquier parte de su pago que
sea una distribución de reinversión calificada, según se ha descrito anteriormente en la Parte I.
Cualquier parte tributable de su pago de la que opte por una REINVERSIÓN DIRECTA se gravará
más tarde cuando la saque de su cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado. Además, no
se requerirá hacer ninguna retención del impuesto sobre el ingreso en ninguna parte tributable de
sus beneficios del Plan de la que opte por una REINVERSIÓN DIRECTA. Este plan posiblemente
no le permita optar por una REINVERSIÓN DIRECTA si sus distribuciones durante el año son
menos de $200.
REINVERSIÓN DIRECTA en una cuenta IRA tradicional. Puede abrir una cuenta IRA
tradicional para recibir la reinversión directa. Si decide que se le haga su pago directamente en una
cuenta IRA tradicional, póngase en contacto con una entidad patrocinadora de una cuenta IRA
(normalmente una institución financiera) para averiguar cómo se hace una reinversión directa en
una cuenta IRA tradicional en esa institución. Si no está seguro de cómo invertir su dinero, puede
abrir temporalmente una IRA tradicional para recibir el pago. Sin embargo, al elegir una cuenta
IRA tradicional, debiera asegurarse de que la cuenta IRA tradicional que elige le permitirá
transferir todo o parte de su pago a otra cuenta IRA tradicional en una fecha posterior sin
penalizaciones u otras restricciones. Véase la Publicación 590, Planes de Ahorro para la Jubilación,
del IRS, para obtener información adicional sobre las cuentas IRA tradicionales (incluidas las
limitaciones sobre la frecuencia con que puede usted reinvertir entre cuentas IRA).
REINVERSIÓN DIRECTA en un Plan. Si usted trabaja para un nuevo empleador que
posee un plan patronal calificado y desea hacer una reinversión directa en ese plan, pregunte al
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administrador del plan de ese plan si aceptará su reinversión. Un plan patronal calificado no está
legalmente obligado a aceptar una reinversión. Aunque el plan de su nuevo empleador no acepte
una reinversión, usted puede optar por una REINVERSIÓN DIRECTA en una cuenta IRA
tradicional. Si el plan del empleador acepta su reinversión, el mismo podría poner restricciones en
cuanto a las circunstancias en que usted podría recibir más tarde una distribución de la cantidad
reinvertida o podría requerir el consenso del cónyuge para cualquier distribución posterior.
Consulte con el administrador del plan de dicho plan antes de tomar su decisión.
REINVERSIÓN DIRECTA de una serie de pagos. Si usted recibe un pago que puede
reinvertirse en una cuanta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que lo acepte y se
efectúa en una serie de pagos durante un plazo de menos de 10 años, su opción de hacer o no una
REINVERSIÓN DIRECTA para un pago se aplicará a todos los pagos posteriores de la serie hasta
que cambie su opción. Tendrá libertad para cambiar su opción respecto a cualquier pago posterior
de la serie.
Cambio del tratamiento tributario como resultado de una REINVERSIÓN DIRECTA. El
tratamiento tributario de cualquier pago del plan patronal calificado o la cuenta IRA tradicional que
recibe su REINVERSIÓN DIRECTA podría ser diferente al que se aplicaría si recibiera su
beneficio en una distribución tributable directamente del Plan. Véase más adelante la sección
titulada "Impuesto adicional del 10% que puede aplicarse a ciertas distribuciones".
## III. PAGO HECHO A USTED
Si su pago puede reinvertirse (véase la Parte I anterior) y éste se le hace en efectivo,
entonces estará sujeto a una retención del impuesto federal sobre el ingreso del 20% sobre la parte
tributable (y posiblemente también a una retención del impuesto estatal). El impuesto sobre el pago
se grava en el año en que lo recibe, a menos que lo reinvierta dentro de un plazo de 60 días en una
cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte reinversiones. Si no lo
reinvierte, podrían aplicarse ciertas reglas tributarias especiales.
Retención del impuesto sobre el ingreso:
Retención obligatoria. Si cualquier parte de su pago puede reinvertirse conforme a lo
establecido en la Parte I anterior y usted no opta por hacer una REINVERSIÓN DIRECTA, el Plan
estará obligado por ley a retenerle el 20% de la cantidad tributable. Esta cantidad se envía al IRA
como retención del impuesto federal sobre el ingreso. Por ejemplo, si puede reinvertir un pago
tributable de $10,000, se le pagará solamente $8,000, porque el Plan tiene que retener $2,000 como
impuesto sobre el ingreso. Sin embargo, cuando usted prepare su declaración del impuesto sobre el
ingreso para el año, salvo que haga una reinversión dentro de un plazo de 60 días (véase "Opción
de reinversión de sesenta días" más adelante), tendrá que declarar la cantidad total de $10,000
como un pago tributable del Plan. Debe declarar los $2,000 como una retención del impuesto y se
le acreditará esa cantidad contra cualquier impuesto sobre el ingreso que deba para el año. No se
hará ninguna retención del impuesto sobre el ingreso si sus pagos para el año son menos de $200.
Retención voluntaria. Si cualquier parte de su pago es tributable, pero no puede reinvertirse
de acuerdo con lo establecido en la Parte I precedente, las reglas sobre la retención obligatoria que
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se han descrito anteriormente no son aplicables. En tal caso, podría elegir que no se le haga
retención sobre esa parte. Si usted no hace nada, se le descontará una cantidad de esa parte de su
pago en concepto de retención del impuesto federal sobre el ingreso. Para no optar por la
retención, solicite al Administrador del Plan la forma de la opción y la información pertinente.
Opción de reinversión de sesenta días. Si recibe un pago que puede reinvertirse conforme a
lo establecido en la Parte I anterior, usted podrá, no obstante, optar por reinvertir todo el pago o
parte del mismo en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado que acepte
reinversiones. Si decide hacer una reinversión, tendrá que transferir la cantidad del pago que
recibió a una cuenta IRA tradicional o a un plan patronal calificado dentro de un plazo de 60 días a
partir de la fecha en que recibió el pago. La parte de su pago que se reinvierte no se gravará hasta
que usted la saque de la cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado.
Podrá reinvertir hasta el 100% de su pago que pueda reinvertirse conforme a lo dispuesto en
la Parte I anterior, incluida una cantidad igual al 20% de la parte tributable que le fue retenida. Si
opta por reinvertir el 100%, tendrá que obtener el dinero de otra parte dentro de un plazo de 60 días
para contribuir a la cuenta IRA tradicional o al plan patronal calificado para reponer el 20% que se
le retuvo. Por otra parte, si reinvierte solamente el 80% de la parte tributable que recibió, tendrá
que pagar impuesto sobre el 20% que se le retuvo.
Ejemplo: Su pago que puede reinvertirse de acuerdo con lo establecido en la Parte I
anterior es una suma de $10,000 y puede elegir que se le pague a usted. Recibirá $8,000, y
$2,000 se enviarán al IRS como retención del impuesto sobre el ingreso. Dentro de un
plazo de 60 días de haber recibido los $8,000, usted podrá reinvertir toda la cantidad de
$10,000 en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado. Para ello,
reinvertirá los $8,000 que recibió del Plan y tendrá que obtener $2,000 de otras fuentes (sus
ahorros, un préstamo, etc.). En tal caso, la cantidad total de $10,000 no tributará hasta que
la saque de la cuenta IRA tradicional o del plan patronal calificado. Si reinvierte la suma
total de los $10,000, cuando presente su declaración del impuesto sobre el ingreso, podría
obtener un reembolso de parte o de toda la cantidad de los $2,000 retenidos.
Si, por otro lado, usted reinvierte solamente $8,000, los $2,000 que no reinvirtió tributarán
en el año en que se retuvieron. Cuando presente su declaración del impuesto sobre el
ingreso, podría obtener un reembolso de parte de los $2,000 que le fueron retenidos. (Sin
embargo, cualquier reembolso será probablemente mayor si reinvierte toda la cantidad de
los $10,000).
Impuesto adicional del 10% que puede aplicarse a ciertas distribuciones. Las distribuciones
que se reciben de este Plan no están generalmente sujetas al impuesto adicional del 10% que se
aplica a distribuciones de otros tipos de planes antes de cumplir 59 años y medio. Sin embargo,
cualquier distribución que sea atribuible a una cantidad que usted reinvirtió en el Plan (ajustada
para los rendimientos de la inversión) de otro tipo de plan patronal calificado o de una cuenta IRA
estará sujeta al impuesto adicional del 10% si se le distribuye antes de cumplir usted los 59 años y
medio, a menos que le sea aplicable una de las excepciones.
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Las excepciones al impuesto adicional del 10% son generalmente (1) los pagos que se hacen
como pagos iguales (o casi iguales) durante su vida o expectativa de vida (o durante las vidas y
expectativas de vida de usted y su beneficiario); (2) los pagos que se hacen de un plan patronal
calificado después de haber cesado usted de trabajar para su empleador en el año o después del año
en que cumpla usted 55 años; (3) los pagos que se hacen porque se jubila por incapacidad; (4) los
pagos que se hacen directamente al gobierno para pagar un gravamen de impuesto federal; (5) los
pagos que se hacen a un beneficiario sustituto conforme a una orden judicial de asuntos familiares
calificada, o (6) los pagos que no exceden de la cantidad de sus gastos médicos deducibles. Estas
excepciones podrían ser diferentes para las distribuciones de una cuenta IRA tradicional. Véase la
Forma 5329 del IRS para obtener información adicional sobre el impuesto adicional del 10%.
El impuesto adicional del 10% no se aplica a las distribuciones del Plan o de cualquier otro
plan 457 gubernamental, salvo en la medida en que la distribución sea atribuible a una cantidad que
usted reinvirtió en el plan 457 gubernamental (ajustada para los rendimientos de la inversión) de
otro tipo de plan patronal calificado o de una cuenta IRA.
Asimismo, cualquier cantidad reinvertida del Plan en cualquier otro tipo de plan patronal
calificado o en una cuenta IRA tradicional estará sujeta al impuesto adicional del 10% si se le
distribuye antes de cumplir usted los 59 años y medio, a menos que le sea aplicable una de las
excepciones.
Reembolso de préstamos del Plan. Si su empleo cesa y tiene usted un préstamo pendiente
con su Plan, su empleador puede reducir (o "compensar") su saldo en el Plan por la cuantía del
préstamo que no haya pagado. La cuantía de la compensación del préstamo se trata como si fuera
una distribución que se le hace a usted en el momento de la compensación y tributará, a menos que
usted reinvierta una cantidad igual a la cantidad de la compensación de su préstamo en otro plan
patronal calificado o en una cuenta IRA tradicional dentro de un plazo de 60 días a partir de la
fecha de la compensación. Si la cantidad de la compensación de su préstamo es la única cantidad
que usted recibe o se trata como si la hubiera recibido, no se le retendrá ninguna cantidad de ella.
Si recibe otros pagos en efectivo o bienes del Plan, la cantidad de retención del 20% se basará en la
cantidad total que se le haya pagado, incluida la cantidad de la compensación del préstamo. La
cantidad retenida se limitará a la cantidad de otros pagos en efectivos o bienes que se le hayan
hecho. La cantidad de un préstamo del plan con incumplimiento de pago que se considere una
distribución tributable no puede reinvertirse.
## IV. CÓNYUGES SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS SUSTITUTOS Y OTROS BENEFICIARIOS
En general, las reglas que se han resumido anteriormente aplicables a los pagos efectuados a
los empleados se aplican también a los cónyuges sobrevivientes de los empleados y a los cónyuges
o ex cónyuges que son "beneficiarios sustitutos". Usted es un beneficiario sustituto cuando su
participación en el Plan se debe a una "orden judicial de asuntos familiares especificada", que es
una orden dictada por un tribunal, normalmente en relación con un divorcio o una separación legal.
Si usted es un cónyuge sobreviviente o un beneficiario sustituto, podría optar por un pago
que puede reinvertirse, como ya se ha descrito en la Parte I, efectuado en forma de REINVERSIÓN
<!-- PageBreak -->
DIRECTA en una cuenta IRA tradicional o en un plan patronal calificado o hecho a usted. Si hace
que el pago se le haga a usted, puede quedarse con él o reinvertirlo usted mismo en una cuenta IRA
tradicional o en un plan patronal calificado. Así, pues, usted tendrá las mismas opciones que las del
empleado.
Si es un beneficiario que no sea un cónyuge sobreviviente o un beneficiario sustituto, no
podrá optar por una reinversión directa ni reinvertir el pago usted mismo.
Si es un cónyuge sobreviviente, un beneficiario sustituto u otro beneficiario, su pago no
estará normalmente sujeto al impuesto adicional del 10% que se ha descrito anteriormente en la
Parte III, aunque no haya cumplido los 591/2.
## CÓMO OBTENER INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta notificación ofrece solamente un resumen de las reglas tributarias federales (no
estatales o municipales) que podrían aplicarse a su pago. Las reglas que se han descrito
anteriormente son complejas y contienen muchas condiciones y excepciones que no se han incluido
en esta notificación. Por lo tanto, debiera consultar con el Administrador del Plan o con un asesor
de impuestos profesional antes de obtener un pago de sus beneficios del Plan. Puede también
encontrar información más específica sobre el tratamiento fiscal de los pagos percibidos de planes
patronales calificados en la Publicación 575, Ingresos de Pensiones y Anualidades, y la Publicación
590, Planes de Ahorro para la Jubilación, del IRS. Estas publicaciones se pueden obtener en su
oficina local del IRS, a través del sitio web de la Internet en la dirección www.irs.gov o llamando al
número 1-800-TAX-FORM (1-800-829-3676).Continue your research in ChatGPT or Claude
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