Promising Practices - Language Access in Emergency Preparedness, Response, and Recovery (Spanish)

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Directriz de cumplimiento con las disposiciones del Título VI de la Ley de Derechos Civiles
de 1964 para gobiernos estatales y locales, y otros receptores de asistencia federal que
participan en actividades de preparación, respuesta, mitigación y recuperación en
emergencias
Los Departamentos de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés), Seguridad Nacional (DHS,
por sus siglas en inglés), Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus siglas en inglés), Salud y
Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés) y Transporte (DOT, por sus siglas en inglés)
publican esta directriz para ayudar a los receptores de asistencia financiera federal que participan
en la gestión de emergencias (por ejemplo, agencias estatales y locales de gestión de
emergencias, fuerzas públicas, proveedores de atención médica, autoridades de vivienda y
tránsito) a garantizar que las personas y comunidades afectadas por desastres1 no experimenten
discriminación sobre la base de raza, color o nacionalidad de origen (lo que incluye fluidez
limitada en inglés) en contra de las disposiciones del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de
1964 (el Título VI).2
Como consecuencia de los huracanes Katrina y Rita, hemos aprendido muchas lecciones
clave sobre cómo los receptores de asistencia financiera federal que participan en actividades de
gestión de emergencias pueden garantizar con mayor eficacia que todos los miembros de la
comunidad reciban servicios, independientemente de su raza, color o nacionalidad de origen. De
conformidad con la Presidential Policy Directive 8 [Directriz de política presidencial 8], el
gobierno federal publicó las guías National Response Framework [Marco de respuesta nacional]
y National Disaster Recovery Framework [Marco nacional de recuperación de desastres] sobre la
respuesta nacional a todo tipo de desastres y emergencias, así como de apoyo eficaz de
recuperación de áreas impactadas por los desastres.3 El Marco de recuperación señala que "se
1 Para fines de estas directrices, los términos "desastre" o "emergencia" incluyen toda catástrofe natural (entre ellas
huracanes, tornados, tormentas, mareas altas, aguavientos, marejadas, maremotos, terremotos, erupciones
volcánicas, derrumbes de tierra, aludes de lodo, tormentas de nieve o sequías) o, independientemente de su causa,
todo incendio, inundación, explosión, atentado terrorista u otra acción desatada por el hombre, o bien crisis de salud
pública o biológicas que, por determinación del presidente, una agencia federal, gobierno estatal o local, constituya
una emergencia. Incluyen también todo evento de esa índole que los líderes de las entidades beneficiarias
determinen que ha causado o probablemente causará daños de suficiente gravedad y magnitud como para merecer
medidas preventivas, de respuesta, de mitigación o de recuperación más allá del alcance normal de las actividades
del receptor. Esta directriz no se limita a desastres o emergencias declarados oficialmente por el presidente
2 42 U.S.C. § 2000d. [Sección 2000d del Título 42 del Código de EE. UU.]
3National Response Framework [Marco de respuesta nacional], FEMA (2ª ed., Mayo de 2013), disponible en
http://www.fema.gov/media-library-data/20130726-1914-25045-
1246/final_national_response_framework_20130501.pdf (en inglés); National Disaster Recovery Framework
[Marco nacional de recuperación de desastres], (FEMA Sept. 2011) disponible en http://www.fema.gov/media-
library-data/20130726-1820-25045-5325/508_ndrf.pdf (en inglés); Presidential Policy Directive 8 [Directriz de
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debe velar por garantizar que las acciones, tanto intencionadas como no intencionadas, no
excluyan a grupos de personas sobre la base de su raza, color, nacionalidad de origen (lo que
incluye fluidez limitada en inglés), religión, sexo o discapacidad".4 Ambos marcos señalan la
importancia de cumplir con los requisitos de no discriminación de las leyes de derechos civiles,
de abordar las necesidades de la comunidad entera y de garantizar la igualdad de oportunidades
de acceso a los esfuerzos de recuperación.
Esta directriz ofrece una reseña general de la aplicación del Título VI a la gestión de
emergencias y desastres, así como ejemplos de prácticas prometedoras para garantizar la no
discriminación sobre la base de raza, color y nacionalidad de origen. Además, hemos adjuntado a
esta directriz algunos recursos útiles que podrán ayudar a los receptores de asistencia financiera
federal a entender sus más amplias obligaciones de derechos civiles. (i) Tips and Tools for
Reaching Limited English Proficient Communities in Emergency Preparedness, Response, and
Recovery [Consejos y herramientas para dar alcance a comunidades con fluidez limitada en
inglés para la preparación, respuesta y recuperación en casos de emergencia], que garantiza
que las comunidades con fluidez limitada en inglés tengan acceso valedero a los servicios
relacionados con emergencias; y (ii) Checklist for Recipients of Federal Financial Assistance
[Lista de verificación para receptores de asistencia financiera federal], que facilita la
integración de la comunidad entera en las actividades relacionadas con las emergencias.5 La lista
no exhaustiva de prácticas prometedoras discutida en esta directriz se enfoca en planificar para el
futuro. No obstante, ya que por lo general se conoce como gestión de desastres e emergencias,
una planificación y preparación sólida reduce la necesidad de respuestas ad hoc a circunstancias
exigentes. En algunos casos, puede salvar las vidas de los equipos de respuesta inicial así como
las de las personas que necesitan su ayuda. Esta prácticas prometedoras representan una de las
muchas opciones que los beneficiarios pueden implementar para cumplir con el requisito
antidiscriminatorio del Título VI y los reglamentos del mismo.
Los receptores de asistencia financiera federal que provean información o servicios en
conexión con desastres deben también cumplir con todas las demás disposiciones federales
antidiscriminatorias, entre ellas las prohibiciones de discriminación y obligaciones afirmativas
específicas sobre la base de discapacidad, sexo, religión, edad, situación económica o situación
familiar en todas las actividades que reciben asistencia federal.6
política presidencial 8], disponible en https://www.dhs.gov/presidential-policy-directive-8-national-preparedness
(en inglés); National Preparedness Goal [Meta de preparación nacional], disponible en
https://www.fema.gov/national-preparedness-goal (en inglés).
4 National Disaster Recovery Framework, 9 [Marco nacional de recuperación de desastres, 9] (FEMA Sept. 2011),
disponible en http://www.fema.gov/media-library-data/20130726-1820-25045-5325/508_ndrf.pdf (en inglés).
5 Los requisitos y prácticas eficaces de derechos civiles en relación con personas discapacitadas durante la gestión de
emergencias se encuentran en el capítulo 7 del documento ADA Best Practices Tool Kit for State and Local
Governments [Caja de herramientas de mejores prácticas de la Ley de Americanos con Discpacidades (ADA) para
los gobiernos estatales y locales] en http://www.ada.gov/pcatoolkit/chap7emergencymgmt.htm (en inglés).
6 Otras leyes que prohíben la discriminación incluyen, entre otras, la Robert T. Stafford Disaster and Emergency
Assistance Act [Ley Robert T. Stafford de Asistencia en Desastres y Emergencias] (Ley Stafford), Sección 5121 y
sig. del Título 42, Código de EE. UU. (2013) (según enmendada por la Post-Katrina Emergency Management and
Reform Act of 2006 [Ley de Gestión de Emergencias y Reforma Post-Katrina de 2006]); American with Disabilities
3
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964
El Título VI y sus reglamentos de implementación obligan a los receptores de asistencia
financiera federal a garantizar que no se discrimine en los programas y actividades de
preparación, respuesta, mitigación y recuperación en casos de emergencia. Todos los receptores
deben cumplir con el Título VI, así como con otras leyes antidiscriminatorias, en todo momento,
incluso durante emergencias. El Títuo VI estipula que "[n]inguna persona en los Estados Unidos
deberá, sobre la base de raza, color o nacionalidad de origen, quedar excluida de participar en,
ser denegada los beneficios de, o quedar sujeta a discriminación bajo ningún programa o
actividad que reciba asistencia financiera federa".7 Los reglamentos de implementación del
Título VI explican que los receptores de asistencia financiera federal:
[…] [n]o pueden, directamente o por medio de arreglos contractuales o de otra índole,
usar criterios o métodos de administración que tengan el efecto de someter a personas a
discriminación debido a su raza, color o nacionalidad de origen, o bien tengan el efecto
de frustrar o sustancialmente perjudicar el logro de los objetivos del programa respecto
de personas de determinada raza, color o nacionalidad de origen.8
El texto claro del Título VI y los reglamentos de las agencias aclaran que se prohíbe la
discriminación sobre la base de raza, color o nacionalidad de origen (lo que incluye fluidez
limitada en inglés). A los receptores de asistencia financiera federal también se les prohíbe
implementar políticas y prácticas que a primera vista parecen ser neutrales pero que impactan
Act of 1990 [Ley de Americanos con Discapacidades de 1990] Sección 12101 del Título 42, Código de EE. UU.;
Sección 504 de la Rehabilitation Act of 1973 [Ley de Rehabilitación de 1973], Sección 794 del Título 29, Código de
EE. UU.; el Título IX de las Education Amendments of 1972 [Enmiendas a la Educación de 1972], Sección 1681 y
sig. del Título 20, Código de EE. UU. U; la Fair Housing Act of 1968 [Ley de Vivienda Justa de 1968], Sección
3601 y sig. del Título 42, Código de EE. UU.; y la HUD’s Final Rule on Affirmatively Furthering Fair Housing
[Regla Final del HUD de Promoción Afirmativa de la Vivienda Justa], Partes 5, 91, 92 y otras del Título 24, Código
de Reglamentos Federales, y la ley de Discriminación Etaria, Sección 6101 y sig. Del Código 42 de los EE. UU.
7 42 U.S.C. § 2000d. [Sección 2000d del Título 42 del Código de EE. UU.]
8 Nondiscrimination in Federally Assisted Programs – Implementation of Title VI of the Civil Rights Act of 1964 [No
discriminación en programas con asistencia federal - Implementación del Título VI de la Ley de Derechos Civiles
de 1964] (DOJ), Sección 42.104(b) del Título 28, Código de Reglamentos Federales. Véase también
Nondiscrimination Under Programs Receiving Federal Assistance Through the Department of Health and Human
Services Effectuation of Title VI of the Civil Rights Act of 1964 [No discriminación bajo programas que reciben
asistencia federal a través del Departamento de Salud y Servicios Humanos - Aplicación del Título VI de la Ley de
Derechos Civiles de 1964], Sección 80.3 del Título 45, Código de Reglamentos Federales; Nondiscrimination in
Federally-Assisted Programs of the Department of Transportation – Effectuation of the Civil Rights Act of 1964 [No
discriminación en programas con asistencia federal del Departamento de Transporte – Aplicación del Título VI de
la Ley de Derechos Civiles de 1964], Sección 21.5 del Título 49, Código de Reglamentos Federales;
Nondiscrimination on the Basis of Race, Color, or National Origin in Programs or Activities Receiving Federal
Financial Assistance from the Department of Homeland Security [No discriminación sobre la base de raza, color o
nacionalidad de origen en programas o actividades que reciben asistencia financiera federal del Departamento de
Seguridad Nacional], Sección 21.5 del Título 6, Código de Reglamentos Federales; Nondiscrimination in Federally
Assisted Programs of the Department of Housing and Urban Development – Effectuation of Title VI of the Civil
Rights Act of 1964 [No discriminación en programas que reciben asistencia federal del Departamento de Vivienda y
Desarrollo Urbano – Aplicación del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964], Sección 1.4 del Título 24,
Código de Reglamentos Federales.
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negativamente de manera desproporcionada a los grupos protegidos. Adicionalmente, el Título
VI exige que los receptores garanticen que las personas con fluidez limitada en inglés tengan
acceso valedero a programas o actividades, beneficios, servicios e información vital. A fin de
evitar violaciones a las leyes federales, los receptores deben garantizar que sus acciones no
excluyan a las personas debido a su raza, color o nacionalidad de origen, lo que incluye la fluidez
limitada en inglés.
La prohibición de la discriminación sobre la base de raza, color y nacionalidad de origen
nunca se puede exonerar. Los receptores de asistencia financiera federal que participan en
actividades de gestión de emergencias, así como los receptores que proveen servicios
relacionados con emergencias, como proveedores de atención médica9 y agencias de las fuerzas
públicas, tienen que cumplir con las disposiciones del Título VI en todo momento. De hecho,
cumplir con estos requisitos se hace aún más importante durante emergencias y desastres a fin de
garantizar que a nadie se le nieguen los servicios y el apoyo que necesita durante épocas de
crisis, cuando su seguridad o bienestar físicos a menudo corren el mayor riesgo, y cuando
muchos de los recursos en los que de otro modo hubieran contado como apoyo tal vez no estén
disponibles. La buena planificación para cumplir con los requisitos del Título VI evita las
complicaciones ocasionadas por las exigencias de las emergencias y los desastres.
Necesidad de esta directriz
El 29 de agosto de 2005, el huracán Katrina llegó a tierra en Luisiana, causando estragos
a sus comunidades costeras, así como a Misisipí, Alabama y a gran parte del sudeste de los
Estados Unidos. Pocas semanas después, el huracán Rita azotó la costa de Texas antes de afectar
a muchas de las mismas comunidades que aún batallaban los estragos causados por Katrina. En
combinación, estas tormentas causaron más de 1,800 muertes. Miles más perdieron sus viviendas
y las comunidades que habían desarrollado por generaciones. Si bien las emergencias y los
desastres afectan a todas las personas, la habilidad de las comunidades minoritarias de acceder a
los programas, actividades y servicios críticos de recuperación a menudo se ha visto
obstaculizada.10
9 Véase la Sección 1557 de la Patient Protection and Affordable Care Act [Ley de Protección de los Pacientes y
Cuidado a Bajo Precio], Sección 18116 del Título 42, Código de EE. UU. (2010), la cual prohíbe la discriminación
sobre la base de raza, color, nacionalidad de origen, sexo, edad o discapacidad en ciertos programas y actividades de
salud; Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU., Oficina del Secretario, Oficina de Derechos
Civiles, Nondiscrimination in Health Programs and Activities , 81 Reglamento Federal 31376 (18 de mayo del
2016), Parte 92 del Código 45 de los Reglamentos Federales (a ser codificado como Parte 92 del Código 45 de los
Reglamentos Federales).
10 Véase, p. ej., Arloc Sherman e Isaac Shapiro, Essential Facts about the Victims of Hurricane Katrina, Center on
Budget and Policy Priorities (2005) [Datos esenciales sobre las víctimas del huracán Katrina, Centro de
Prioridades Presupuestarias y de Política (2005)], http://www.cbpp.org/9-19-05pov.htm (en inglés); Lung Vu, y
otros, Evacuation and Return of Vietnamese New Orleanians Affected by Hurricane Katrina [La evacuación y el
regreso de los vietnamitas de Nueva Orleáns afectados por el huracán Katrina], Organ Environ. 1, 22(4): 422-436
(Diciembre de 2009), U.S. National Institutes of Health [Institutos Nacionales de la Salud de EE. UU.] en
http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC2943234 (en inglés). (Artículos que hacen referencia a datos del
Censo sobre el impacto del huracán Katrina en las poblaciones minoritarias, de bajos ingresos y con fluidez limitada
en inglés).
5
Por ejemplo, en los días posteriores a la llegada a tierra del huracán Katrina, numerosos
informes noticiosos mostraron imágenes de afroamericanos varados sobre los techos en Nueva
Orleáns. Estas imágenes expusieron las marcadas desigualdades del acceso a los esfuerzos de
respuesta y recuperación en emergencias. Más de un tercio de la población afroamericana de
Nueva Orleáns no tenía automóviles y más del 15% de los residentes de la ciudad se valían del
transporte público.11 Sin embargo, aquellos a cargo de planificar para Katrina parecieron haber
dado por sentado que la mayoría de las personas se valdría de vehículos personales para evacuar
y no tomaron en cuenta las necesidades de transporte de todos los segmentos de la población.
Identificar las necesidades de las comunidades que dependen de transporte público y abordar
esas necesidades en la planificación para emergencias puede reducir o eliminar las desigualdades
raciales y étnicas, así como las económicas, en las actividades de respuesta y recuperación en
emergencias.
El acceso no discriminatorio a viviendas y albergues después de Katrina también presentó
un gran desafío para las comunidades raciales y étnicas diversas. Muchos que buscaban vivienda
temporal inmediatamente se encontraron con anuncios de alquiler discriminatorios que
explícitamente rehusaban alquilar a los afroamericanos.12 Por ejemplo, un anuncio en un sitio
web diseñado para dar alcance a personas evacuadas por Katrina decía: "El proveedor brindará
habitación y comidas por $400, pero prefiere dos mujeres blancas". Las pruebas recopiladas por
los investigadores de igualdad de vivienda encontraron que en 66% de todas las pruebas las
personas blancas fueron preferidas a las personas afroamericanas que buscaban vivienda con uso
de contactos disponibles a personas evacuadas por Katrina.13 Un tribunal federal encontró prueba
de discriminación intencionada en las acciones del distrito de St. Bernard Parish, que es
adyacente a Nueva Orleáns, cuando el distrito buscó restringir las oportunidades de alquiler de
viviendas, lo que incluyó acciones para detener la construcción de viviendas de alquiler y la
promulgación de un requisito de permisos para viviendas unifamiliares de alquiler que hacía
excepciones para inquilinos que estuvieran "emparentados por consanguinidad" con los dueños
de la vivienda. Además, el distrito cambió las reglas de zonificación para reducir la
disponibilidad de viviendas de alquiler, que en el distrito se percibían ampliamente como
planificadas para albergar a afroamericanos después del huracán Katrina. Debido a estas
acciones, el distrito enfrentó una investigación iniciada por el HUD, una demanda del DOJ y
11 Los datos sobre unidades familiares sin vehículo se derivan de la pregunta sobre "vehículos disponibles" de
formulario largo del Censo de 2000. Véase también U.S. Gov’t Accountability Off. [Oficina de Responsabilidad
del Gobierno de EE. UU.], GAO-07-44, Transportation Disadvantaged Populations: Actions Needed to Clarify
Responsibilities and Increase Preparedness for Evacuations [Acciones que se necesitan para aclarar las
responsabilidades y aumentar los preparativos de evacuación] (2006).
12 Véase generalmente Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU., Testimonio por escrito de Kim
Kendrick, Secretario Auxiliar de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades ante el Subcomité de Vivienda y
Oportunidad Comunitaria del Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes de EE. UU. (28 de
febrero de 2006) disponible en http://archives.hud.gov/testimony/2006/test022806.cfm (en inglés) (más reciente
acceso el 17 de febrero de 2016).
13 Testimonio, Shanna L. Smith, Presidente y Ejecutiva en Jefe de la National Fair Housing Alliance [Alianza
National de Vivienda Justa] ante el Subcomité de Vivienda y Oportunidad Comunitaria del Comité de Servicios
Financieros de la Cámara de Representantes, 28 de febrero de 2006,
http://financialservices.house.gov/media/pdf/022806ss.pdf (en inglés), (más reciente acceso el 17 de febrero de
2016).
6
varias demandas privadas por presuntas violaciones a la Ley de Vivienda Justa y, por último,
pagó más de $5 millones en daños y perjuicios y honorarios de abogado para resolver los casos.14
Estos tipos de problemas no se han limitado al huracán Katrina: desastres subsiguientes
en otras partes del país han revelado ejemplos adicionales de cómo a las comunidades
minoritarias y otras poblaciones se les han negado servicios y programas vitales en los esfuerzos
de recuperación de desastres. Cuando los incendios forestales asolaron el sur de California en
2007, hubo informes generalizados de discriminación en contra de latinos durante la respuesta a
la emergencia y los esfuerzos de recuperación. En los lugares de albergue, los empleados
públicos supuestamente exigieron que los refugiados latinos presentaran prueba de identidad y
residencia antes de permitirles acceso a los albergues.15 Además, aunque el área afectada por los
incendios forestales de California incluía una gran población con fluidez limitada en inglés, los
informes indican que la información vital sobre la evacuación fue diseminada solamente en
inglés, no fue distribuida en todas las áreas pobladas por trabajadores agrícolas migratorios y
generalmente no hubo intérpretes disponibles.16 Como resultado de ello, estas personas fueron no
solo privadas de la información crítica necesaria para responder de manera segura a la
emergencia, sino que los equipos de primera respuesta tuvieron que ayudar a personas que
pudieron haber evacuado por cuenta propia si hubieran estado informadas.
En el año 2014, HUD recibió una queja y finalmente llegó a un acuerdo con el estado de
Nueva Jersey después de que una investigación de los esfuerzos de recuperación tras el huracán
Sandy concluyera que a los afroamericanos y latinos se les negó ayuda de recuperación y
reconstrucción de manera desproporcionada y que la insuficiencia de esfuerzos de alcance a las
comunidades minoritarias, de bajos ingresos y con fluidez limitada en inglés fue un factor que
influyó en las bajas tasas de solicitud de asistencia de esos grupos. El acuerdo estipuló $240
millones en asistencia directa de vivienda para unidades familiares de bajos ingresos, una
reevaluación de todas las solicitudes denegadas, la reiniciación de programas para dueños de
14 Comunicado de Prensa, Department of Justice, St. Bernard Parish, Louisiana Agrees to $2.5 Million Settlement to
Resolve Housing Discrimination Lawsuits [Departamento de Justicia, St. Bernard Parish, Luisiana, acepta pagar
$2.5 millones para resolver las demandas de discriminación en la vivienda], (10 de mayo de 2013), en
http://www.justice.gov/opa/pr/st-bernard-parish-louisiana-agrees-25-million-settlement-resolve-housing-
discrimination (en inglés). HUD pagó más de $62 millones para proveer compensación adicional a dueños de
viviendas de bajos ingresos en Luisiana después de Katrina cuando una demanda cuestionó las fórmulas de
compensación aprobadas por el HUD como desproporcionadamente desventajosas para dueños de viviendas
afroamericanos. Véase, p. ej., http://www.nola.com/crime/index.ssf/2014/12/in_post-katrina_housing_discri.html
(en inglés) y http://www.gnofairhousing.org/2013/05/10/fair-housing-center-announces-900000-settlement-
agreement-with-st-bernard-parish-pleased-with-settlement-between-united-states-and-parish/ (en inglés).
15 Véase, p. ej., Richard Marosi y Ari B. Bloomekatz, Evacuations Raise Deportation Fears [Las evacuaciones
aumentan los temores de deportación], LATimes.com (28 de octubre de 2007), en http://www.latimes.com/local/la-
me-border28oct28-story.html (acceso más reciente el 17 de febrero de 2016) (El artículo recuenta alegaciones de
que algunos voluntarios en los albergues sometieron a los inmigrantes a caracterizaciones raciales y abusos,
cuestionando su condición legal. Además, el artículo cita alegaciones de que la ciudad no fue a los campamentos
migratorios para decirles a la gente que evacuaran).
16 Véase City of San Diego, After Action Report, October 2007 Wildfires City of San Diego Response, 31, [Ciudad
de San Diego, Informe tras acción, Incendios forestales de octubre de 2007, Respuesta de la Ciudad de San Diego,
31], (2007) disponible en http://www.sandiego.gov/fire/pdf/witch_aar.pdf (accedido más recientemente el 17 de
febrero de 2016) ("Durante este incidente hubo una falta crónica de traductores, lo que obstaculizó la habilidad de
evacuar y/o proveer otros servicios de emergencia".) Véase generalmente Marosi, supra nota al calce 6.
7
viviendas e inquilinos que experimentaron pérdidas debido a la tormenta, la adopción de un plan
completo de acceso lingüístico y mejoras de alcance a la población con fluidez limitada en inglés
en múltiples programas financiados por HUD en relación con la recuperación.17
Los receptores de asistencia financiera federal pueden desempeñar un papel fundamental
para garantizar que esas desigualdades no vuelvan a ocurrir en emergencias y desastres futuros.
Muchas agencias gubernamentales estatales o locales y agencias de las fuerzas públicas están en
las trincheras de respuesta a las emergencias y coordinación de los esfuerzos de preparación y
recuperación. Además, los receptores no gubernamentales a menudo participan de manera
integral en la gestión de emergencias. Muchos de los servicios que brindan - entre ellos viviendas
y albergues de emergencia, acceso a transporte, alacenas de beneficencia, servicios de cuidado de
niños y programas de salud pública, así como viviendas y apoyo a largo plazo - no son solo
esenciales durante las situaciones de emergencia, sino durante las etapas de preparación,
respuesta, mitigación y recuperación.
Prácticas prometedoras para garantizar el cumplimiento con el Título VI durante la
gestión de emergencias y desastres
Cada situación de emergencia o desastre será distinta y presentará su propio conjunto de
dificultades. No obstante, hay una serie de medidas comunes que los receptores pueden adoptar
ahora, antes de que ocurra un desastre o emergencia. Estas prácticas no solo adelantarán el
cumplimiento con el Título VI y otras obligaciones federales de derechos civiles, sino que
pueden también servir de herramientas útiles para garantizar que todas las comunidades reciban
los servicios a los que tienen derecho durante la preparación, respuesta, mitigación y
recuperación en emergencias y desastres.
A. Reafirmar el compromiso con las protecciones de no discriminación
El liderazgo y el compromiso con la no discriminación son importantes. Los receptores
que comuniquen este compromiso internamente en sus departamentos, agencias y
organizaciones, así como externamente por medio de capacitación, políticas y alcance, sentarán
las bases de un mejor cumplimiento con el Título VI y una entrega más eficaz de los servicios.
Compartir la información de manera robusta con las comunidades afectadas o potencialmente
afectadas es una manera práctica de reafirmar el compromiso de los receptores con las
protecciones del Título VI. Es también esencial para promover esfuerzos eficaces de preparación,
respuesta, mitigación y recuperación en emergencias. Las actividades para compartir
información también presentan una oportunidad importante para los receptores de informar
explícitamente a sus beneficiarios sobre sus derechos de no discriminación. Los reglamentos del
17 Véase Voluntary Compliance Agreement and Conciliation Agreement, Title VI Case No. 02-13-0048-6 [Acuerdo
voluntario de cumplimiento y acuerdo de conciliación, Caso de Título VI No. 02-13-0048-6] (30 de mayo de 2014)
disponible en http://portal.hud.gov/hudportal/documents/huddoc?id=NewJerseyAgreementsigned.pdf (en inglés)
(acceso más reciente el 17 de febrero de 2016).
8
Título VI requieren que los beneficiarios provean a los participantes y atendidos información
sobre las protecciones de no discriminación que la ley les garantiza.18
A tal fin, los receptores deben publicar una declaración de no discriminación en todas sus
instalaciones públicas, en sus sitios web públicos y en los avisos que se distribuyen al público
durante desastres y emergencias. Los receptores también deben identificar un punto de contacto
para que el público presente quejas de discriminación.19 Por ejemplo, la Administración Federal
de Tránsito ha ordenado que sus receptores redacten "un aviso al público sobre el Título VI que
indique que el receptor cumple con el Título VI e informe a los miembros del público sobre las
protecciones en contra de la discriminación que el Título VI les brinda".20 Estos avisos, que se
publican en centros de tránsito, estaciones del subterráneo, paradas de autobús y dentro de los
autobuses proveen información vital para el público sobre sus derechos conforme al Título VI y
del compromiso del receptor con la no discriminación sobre la base de raza, color y nacionalidad
de origen.
Prácticas prometedoras
 Los receptores de asistencia financiera federal deben garantizar que la información que
publiquen o provean acerca de viviendas, servicios médicos u otros servicios
relacionados con emergencias se disemine esté accesible a las poblaciones raciales,
étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas.
 Los receptores deben también garantizar que los servicios o recursos no se ofrezcan sobre
la base de discriminación; es decir, que los anuncios no excluyan a las personas sobre la
base de su raza, color o nacionalidad de origen.
B. Abordar e incluir a poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés
diversas.
Abordar directamente a las poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés
diversas, o bien por medio de organizaciones comunitarias y religiosas, de ayuda legal civil y
difusoras de medios étnicas es un paso clave para garantizar que los receptores de asistencia
financiera federal cumplan con los requisitos de no discriminación del Título VI, así como con
los de otras leyes de derechos civiles. Los receptores no deben esperar hasta que ocurra una
emergencia o desastre para abordar a las poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en
inglés diversas o buscar su participación para contribuir con información a la gestión de
emergencias.21 Un alcance consistente y robusto puede ayudar en los esfuerzos de los receptores
18 Véase, p. ej., Sección 42.106(d), Título 28, Código de Reglamentos Federales: Coordinación de la Ejecución de
las Políticas Antidiscriminatorias en los Programas Receptoras de Fondos Federales, Sección 42.405(c)-(d), Título
28, Código de Reglamentos Federales
19 Sección 42.405(c)-(d), Título 28, Código de Reglamentos Federales
20 Circular, Title VI Requirements and Guidelines for Federal Transit Administration Recipients [Requisitos y
directrices del Título VI para receptores de la Administración Federal de Tránsito], FTA C 4702.1B (2012),
disponible en http://www.fta.dot.gov/documents/FTA_Title_VI_FINAL.pdf (en inglés) (acceso más reciente el 17
de febrero de 2016).
21 Véase, p. ej., Sección 42.406(a)-(c), Título 28, Código de Reglamentos Federales; Código 42 de los EE. UU.
5196f(a).
9
por incluir a la comunidad entera en su planificación para emergencias mucho antes de que
ocurra un evento catastrófico, así como durante las etapas de respuesta, mitigación y
recuperación.22 Puede también concientizar al público sobre la disponibilidad de asistencia en
desastres o emergencias, así como sobre cualquier estándar de elegibilidad.
No hay un enfoque de alcance eficaz que funcione en todos los casos. Consultar con las
comunidades objetivo puede ser útil a la hora de determinar cómo mejor ajustar su alcance a fin
de crear confianza mutua y forjar asociaciones efectivas. Las reuniones, foros, vistas públicas,
seminarios por Internet, teleconferencias y otros eventos públicos deben ser accesibles para todos
los miembros de la comunidad afectados, entre ellos los que tienen fluidez limitada en inglés y
los que dependen del transporte público.23 La participación regular puede edificar la confianza
entre las entidades del gobierno y las comunidades que atienden.
Los receptores deben contemplar elegir lugares de alcance en los que se celebran eventos
comunitarios regularmente, como escuelas, bibliotecas, centros comunitarios, centros de salud
comunitarios y lugares de culto. Además, los receptores deben contemplar colaborar con
organizaciones de ayuda legal y comunitarias, tanto para diseminar información a las
comunidades afectadas como para solicitar información sobre las necesidades y dificultades
experimentadas por las poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas.
Aun antes de un desastre, los receptores deben ser capaces de identificar cuándo, dónde y cómo
obtendrán información relevante de las comunidades con fluidez limitada en inglés.24
Las organizaciones de ayuda legal y servicios comunitarios con frecuencia ofrecen ayuda
a las comunidades antes, durante y después de una emergencia o desastre. La mayoría de las
organizaciones de servicios legales y comunitarios operan al nivel local y frecuentemente se
centran en las comunidades que reciben menos servicios. Como resultado de ello, estas
organizaciones con frecuencia ocupan un buen puesto como intermediarios de confianza que
pueden abordar a varias poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas
para identificar sus necesidades y ayudarlas a acceder a servicios y beneficios de emergencia y
recuperación. La Legal Services Corporation [Corporación de Servicios Legales] (LSC, por sus
siglas en inglés) con financiamiento federal, junto con varios socios, desarrolló la
www.DisasterLegalAid.org para servir de recurso nacional centralizado de ayuda legal, de
abogados sin costo y de defensa penal en todo el país sobre asuntos legales relacionados con todo
tipo de desastres, reclutar y ayudar a movilizar abogados sin costo tras un desastre, así como
proveer información precisa y puntual sobre asuntos legales relacionados con desastres al
22 Abordar directamente a las poblaciones raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas es necesario
durante la etapa de recuperación a fin de garantizar que los programas de recuperación (por ejemplo, la
planificación, ubicación y construcción de viviendas temporales y viviendas asequibles) se desarrollen de tal manera
que tomen en cuenta las necesidades de todos los miembros de la comunidad, independientemente de su raza, color
o nacionalidad de origen, y que no resulten en la creación o perpetuación de desigualdades raciales o étnicas.
23 Véase, p. ej., Sección 42.104, Título 28, Código de Reglamentos Federales; Código 42 de los EE. UU. 5196f.
24 Véase, p. ej., Sección 42.406, Título 28, Código de Reglamentos Federales.
10
público de ingresos bajos y moderados.25 La Office for Access to Justice [Oficina de Acceso a la
Justicia] del DOJ también puede ser un valioso recurso para ayudar a los receptores que buscan
forjar relaciones con las organizaciones de ayuda legal.26
Prácticas prometedoras
 Diseminar información al público de tal manera que cubra las variadas maneras en las que
distintos miembros de la comunidad acceden a la información. Eso puede incluir
diseminación por medio de periódicos locales que prestan servicio a diversas
comunidades; medios sociales; sitios web; difusores de radio y otros medios étnicos;
difusores de medios en idiomas extranjeros; y centros comunitarios.
 Dar alcance a los centros comunitarios locales; empleadores y sus sindicatos; y
organizaciones comunitarias, de derechos civiles y ayuda legal para compartir información
sobre reuniones de planificación para emergencias y para obtener asesoramiento sobre
cómo abordar a comunidades raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas.
 Dar cabida a horarios de trabajo no tradicionales y necesidades de transporte al celebrar
las reuniones a varias horas y en lugares accesibles a transporte público.
 Si las poblaciones con fluidez limitada en inglés están entre los afectados, proveer
materiales traducidos sobre los servicios de emergencia, vivienda, atención médica y
transporte en los idiomas correspondientes por medio de líneas directas y otros servicios
de información por teléfono e internet, así como intérpretes en las reuniones y foros
públicos.
 Cultivar relaciones con centros comunitarios y organizaciones comunitarias, de derechos
civiles y ayuda legal para emprender esfuerzos de alcance a largo plazo.
 Publicar información sobre programas de restauración, acciones planificadas y audiencias
o reuniones públicas, así como estudios de daños, esfuerzos de recolección de datos y
hallazgos en sitios web públicos y hacer que sea accesible a diversas poblaciones en varios
entornos, entre ellos mercados y negocios étnicos locales. Poner esta información a
disposición de tal manera que le provea un aviso razonable y puntual al público, así como
una oportunidad valedera de hacer comentarios cuando corresponda.
o Para ver un ejemplo de cómo incorporar la consulta comunitaria en el proceso de
gestión de emergencias, los receptores pueden considerar el documento del
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano titulado Second Allocation,
Waivers, and Alternative Requirements for Grantees Receiving Community
Development Block Grant (CDBG) Disaster Recovery Funds in Response to
Hurricane Sandy [Segunda asignación, exenciones y requisitos alternativos para
los beneficiarios que reciben asignaciones en bloque de fondos de recuperación de
desastres para desarrollo comunitario (CDBG, por sus siglas en inglés) en
25 Este sitio es un esfuerzo de colaboración de Lone Star Legal Aid [Ayuda Legal Lone Star], American Bar
Association [Asociación de Colegios de Abogados], Legal Services Corporation [Corporación de Servicios
Legales], National Legal Aid and Defender Association [Asociación Nacional de Ayuda Legal y Defensores], Texas
Legal Services Center [Centro de Servicios Legales de Texas] y Pro Bono Net [Red Pro Bono].
26 http://www.justice.gov/atj (en inglés).
11
respuesta al huracán Sandy], 78 F.R. 69104 (18 de noviembre de 2013) disponible
en https://www.gpo.gov/fdsys/pkg/FR-2013-11-18/pdf/2013-27506.pdf (en
inglés).
 Patrocinar reuniones anuales de preparación, como reuniones de vista pública, a fin de
facilitar la participación regular de la comunidad.
C. Proveer acceso valedero a personas con fluidez limitada en inglés
Los reglamentos del Título VI y de su implementación por las agencias exigen que los
receptores tomen medidas razonables para garantizar un acceso valedero a la información y los
servicios que proveen a personas con fluidez limitada en inglés.27 Los receptores deben poner
servicios lingüísticos a disposición en todos sus programas o actividades de contacto con el
público. Los servicios lingüísticos pueden incluir interpretación en persona, interpretación
telefónica, servicios de traducción, comunicación monolingüe en el idioma de la persona con
fluidez limitada en inglés, así como traducción a la vista.28 Incluir las opiniones de las
poblaciones con fluidez limitada en inglés y abordar sus necesidades en lo que se refiere a los
planes de preparación para evacuación y desastres de gran difusión ayuda a asegurar que esas
comunidades tengan acceso a los mismos cuando los necesiten.
Los receptores deben evaluar las necesidades lingüísticas de las comunidades que
atienden y desarrollar un plan de acceso lingüístico que es una herramienta de gestión que ofrece
una plantilla administrativa para lograr el cumplimiento de la agencia con los requisitos de
acceso lingüístico. Tales planes desglosan las políticas de los receptores y los estándares de
entrega de servicios a personas con fluidez limitada en inglés, y también describen cómo la
agencia implementará esas políticas y estándares, incluyendo la explicación de cómo la agencia
aumentará su capacidad de abordar las necesidades de servicios lingüísticos y recursos
identificadas en la autoevaluación. Los receptores deben revisar periódicamente sus planes para
evaluar si hay que hacer cambios, lo que incluye abordar los cambios demográficos de sus
poblaciones atendidas. Se anima a los receptores a consultar la Language Access Assessment and
Planning Tool [Herramienta de evaluación y planificación de acceso lingüístico] publicada por la
Sección de Coordinación y Cumplimiento Federal de la División de Derechos Civiles, la cual
27 Enforcement of Title VI of the Civil Rights Act of 1964 – National Origin Discrimination Against Persons with
Limited English Proficiency; Policy Guidance [Cumplimiento del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 -
Discriminación por nacionalidad de origen en contra de personas con fluidez limitada en inglés; Directriz de
política], Reglamento Federal 65, Secciones 50,123, 50,124 (16 de agosto del 2000). Las agencias federales han
emitido directrices como marco analítico para determinar la mejor forma de cumplir con las obligaciones
estatutarios y regulatorios de los beneficiarios de fondos federales en lo que se refiere a la provisión de acceso
significativo a las poblaciones que no dominan el inglés. Véase, p. ej. Departamento de Justicia, tomo 67 del
Registro Federal, folio 41,455 (18 de junio del 2002); Departamento de Servicios Humanos y de Salud, tomo 68 del
Registro Federal, folio 47,311 (8 de agosto del 2003); Departamento de Transporte, tomo 70 del Registro Federal,
folio 74,087 (14 de diciembre); Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano, tomo 72 del Registro Federal,
folio 2,732 (22 de enero del 2007); Departamento de Seguridad Nacional, tomo 76 del Registro Federal, folio 21,755
(18 de abril del 2011).
28 Para obtener más información sobre los distintos servicios de acceso lingüístico y prácticas prometedoras para
seleccionar, retener y usar distintos servicios lingüísticos, visite www.lep.gov (en inglés).
12
provee orientación sobre cómo los receptores deben evaluar sus propios programas y actividades,
y formular un plan de acceso lingüístico.29
Todos los documentos relacionados con emergencias o desastres publicados por los
receptores, entre ellos los que están disponibles en sitios web, son más eficaces cuando se
redactan en inglés sencillo y simple que puede ser traducids a los idiomas hablados por las
personas con fluidez limitada en inglés en las áreas que atiende el receptor. Además, sería útil
que para los receptores tomar en cuenta los niveles de alfabetismo de las poblaciones que
pretenden alcanzar y considerar otras formas de comunicación, como la oral y las gráficas de
diseño universal.
Bajo la Orden Ejecutiva 13166, las agencias federales tienen obligaciones similares de
tomar medidas razonables para garantizar que sus programas y actividades bajo dirección federal
sean accesibles para personas con fluidez limitada en inglés.30 Al implementar la Orden
Ejecutiva, DHS ha publicado una política sobre la provisión de acceso valedero a personas con
fluidez limitada en inglés en sus actividades bajo dirección federal y rutinariamente desempeña
actividades para proveer acceso valedero a personas con fluidez limitada en inglés. Por ejemplo,
la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) provee
documentos como anuncios públicos, avisos a los medios, volantes, guías y cartas relacionadas
con asistencia para desastres en idiomas además del inglés y despliega equipos de asistencia a
sobrevivientes de desastres están preparados para participar directamente con las poblaciones
con fluidez limitada en inglés en áreas impactadas, lo que incluye registrar a las personas con
fluidez limitada en inglés para recibir asistencia por desastres de la FEMA. 31 En respuesta al
derrame de petróleo de BP Oil, DHS colaboró con el equipo de servicios integrados de agua
profunda para garantizar que los servicios de ayuda lingüística, entre ellos la traducción de
formularios y avisos clave, les fueran brindados a las minorías lingüísticas afectadas por el
derrame e hizo arreglos para destacar en las áreas afectadas a coordinadores de fluidez limitada
en inglés capacitados y con experiencia. A través de estos esfuerzos, DHS garantizó que
materiales críticos estuvieran al alcance de personas con fluidez limitada en inglés en camboyano
(khmer), criollo, francés, criollo haitiano, lao, español, tailandés y vietnamés. Estos materiales
les permitieron a los residentes afectados por el desastre acceder a los muy necesitados recursos
a los que tenían derecho. Los receptores pueden ver los esfuerzos de las agencias federales para
obtener ejemplos de cómo proveer acceso y recursos lingüísticos.
29 Departamento de Justicia, División de Derechos Civiles, Sección de Coordinación y Cumplimiento Federal,
Language Access Assessment and Planning Tool for Federally Conducted and Federally Assisted Programs
[Herramienta de evaluación y planificación de acceso lingüístico para programas bajo dirección federal y con
asistencia federal] (Mayo de 2011), disponible en
http://www.lep.gov/resources/2011_Language_Access_Assessment_and_Planning_Tool.pdf (en inglés).
30 La Orden Ejecutiva 13166, "Improving Access to Services for Persons with Limited English Proficiency,"
[Mejora del acceso a los servicios por personas con fluidez limitada en inglés] exige que las agencias federales
examinen los servicios que proveen, identifiquen cualquier necesidad de servicios para personas con fluidez limitada
en inglés y desarrollen e implementen un sistema para brindar esos servicios para que las personas con fluidez
limitada en inglés puedan tener acceso valedero a ellos.
31 Departamento de Seguridad Nacional, Language Access Plan [Plan de acceso lingüístico] (28 de febrero de 2012)
disponible en http://www.dhs.gov/sites/default/files/publications/crcl-dhs-language-access-plan.pdf (en inglés)
(acceso más reciente el 17 de febrero de 2016).
13
Prácticas prometedoras
 Visitar www.lep.gov (en inglés) para obtener recursos útiles para desarrollar un plan de
acceso lingüístico. Adicionalmente, usar el documento Tips and Tools for Reaching
Limited English Proficient Communities in Emergency Preparedness, Response, and
Recovery [Consejos y herramientas para dar alcance a comunidades con fluidez limitada
en inglés para la preparación, respuesta y recuperación en casos de emergencia] fin de
garantizar que las comunidades con fluidez limitada en inglés tengan acceso valedero a
servicios relacionados con desastres.
 Para determinar cuáles idiomas hablan las personas con fluidez limitada en inglés en sus
áreas de servicio, se anima a los receptores a consultar la aplicación de mapa de idiomas
de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia que está disponible en
www.lep.gov/maps/ (en inglés).
 Actualizar los planes de acceso lingüístico existentes para garantizar que las comunidades
reciben información adecuada sobre todas las etapas de la gestión de emergencias, entre
ellas las actividades de planificación, respuesta, recuperación y mitigación.
D. Incluir a las comunidades de inmigrantes en los esfuerzos de preparación, respuesta,
mitigación y recuperación
Por lo general, la situación de inmigración de una persona no impide su acceso a
información y recursos críticos relacionados con las emergencias. Es especialmente común
durante un desastre o emergencia que todas las familias - independientemente de su situación de
inmigración - pierdan o dejen atrás documentos importantes como tarjetas de identificación y
seguro social, pasaportes, actas de nacimiento y documentos de inmigración. El Título VI obliga
a los receptores a brindar servicios a los beneficiarios elegibles, independientemente de su
nacionalidad de origen. Exigir verificación o documentación adicionales de las personas sobre la
base de su apariencia, nombre, acento, fluidez limitada en inglés o situación de inmigración
sospechada podría violar el Título VI y otras leyes de derechos civiles. Por lo tanto, los equipos
de primera respuesta o proveedores de servicios de emergencia no les deben pedir documentos
solo a personas de ciertas nacionalidades de origen para probar su situación de inmigración legal,
ni reportar ni amenazar con reportarlas al Servicio de Control de Inmigración y Aduanas sobre la
base del color de su piel, su acento o fluidez limitada en inglés.
La mayoría de los servicios públicos de protección de la vida y la seguridad que proveen
los receptores de asistencia financiera federal no tienen restricciones de situación de
inmigración.32 Por ejemplo, la asistencia de salud pública para recibir inmunizaciones y
realizarse pruebas y recibir tratamiento por síntomas de enfermedades contagiosas se pueden
brindar independientemente de la situación de inmigración de una persona.33 Los servicios de
32 Orden No. 2353-2001 del Fiscal General, Registro Federal 66, 3613 (16 de enero de 2001). Véase también
Questions and Answers for Undocumented Immigrants Regarding FEMA Assistance [Preguntas y respuestas sobre
la asistencia de FEMA para inmigrantes indocumentados] (17 de junio de 2004), http://www.fema.gov/news-
release/2004/06/17/questions-and-answers-undocumented-immigrants-regarding-fema-assistance (en inglés).
33 Sección 1611(b)(1)(C) del Título 8 del Código de EE. UU.
14
socorro de emergencia a corto plazo, no monetarios y en especie, como servicios legales en casos
de desastre y asesoramiento en casos de crisis, también están disponibles independientemente de
la situación de inmigración de una persona.34 Hay disponible programas adicionales a no
ciudadanos con ciertas condiciones de inmigración que califican, entre otros asistencia monetaria
en casos de desastre35 y ayuda en efectivo para las necesidades relacionadas con la vivienda a
través del Individuals and Households Program [Programa de Individuos y Unidades Familiares]
de FEMA.36 Además, muchas familias incluyen a personas con distintas situaciones de
inmigración, entre ellas hijos nacidos en EE. UU. que son ciudadanos estadounidenses. Por lo
general, los padres y tutores pueden solicitar los beneficios en nombre de sus hijos aunque ellos
mismos no reúnan los requisitos.37
No planificar y atender a las comunidades de inmigrantes en emergencias puede socavar
los esfuerzos de respuesta y aumentar los riesgos de seguridad tanto para las comunidades
locales como para los equipos de primera respuesta. Por ejemplo, las personas que temen a las
operaciones de cumplimiento de inmigración tal vez no evacúen a tiempo o busquen socorro
humanitario. En emergencias que impliquen el brote de una enfermedad, el temor de presentarse
para recibir información de prevención de pruebas de detección, asistencia médica o vacunas
podría prolongar una epidemia, poniendo así en peligro y comprometiendo la salud de los demás
en la comunidad. Además, las familias inmigrantes podrían no saber que califican para recibir
ciertos beneficios y servicios del gobierno. Por lo tanto, es imperativo que se incluyan las
34 Sección 1611(b)(1)(B) del Título 8 del Código de EE. UU.; Crisis Counseling Assistance and Training Program
[Programa de ayuda y capacitación de asesoramiento en crisis] FEMA.gov, http://www.fema.gov/recovery-
directorate/crisis-counseling-assistance-training-program (en inglés) (acceso más reciente el 16 de febrero de 2016);
Disaster Legal Services Program [Programa de servicios legales en casos de desastre], Americanbar.org,
http://www.americanbar.org/groups/young_lawyers/disaster_legal_services.html (last visited, Feb. 16, 2016) (en
inglés).
35 Secciones 1611(a), 1641 del Título 8 del Código de EE. UU.
36 Id. Véase generalmente Sección 5174 del Título 42 del Código de EE. UU.; Sección 206.113 del Título 44 del
Código de Reglamentos Federales. Véase también, Agencia Federal para el Manejo de Emergencias, Applicant’s
Guide to the Individuals & Households Program 4 [Guía de solicitantes al programa de individuos y unidades
familiares 4] (Julio de 2008), disponible en
https://www.fema.gov/pdf/assistance/process/help_after_disaster_english.pdf (en inglés) (acceso más reciente el 17
de febrero de 2016).
37 Véase, por ejemplo, Departamento de Salud y Servicios Humanos y Departamento de Agricultura, Policy
Guidance Regarding Inquiries into Citizenship, Immigration Status and Social Security Numbers in State
Applications for Medicaid, State Children's Health Insurance Program, Temporary Assistance for Needy Families,
and Food Stamp Benefits [Directriz de política relacionada con indagaciones sobre la ciudadanía, situación de
inmigración y números de seguro social en solicitudes estatales de Medicaid, el programa estatal de seguro médico
para niños, asistencia temporal para familias necesitadas y beneficios de cupones para alimentos], disponible en
http://www.hhs.gov/ocr/civilrights/resources/specialtopics/origin/triagency.html (en inglés); Interim Guidance on
Verification of Citizenship, Qualified Alien Status and Eligibility under Title VI of the Personal Responsibility and
Work Opportunity Reconciliation Act of 1996 [Directriz provisional sobre la verificación de la ciudadanía, situación
de extranjero calificado y elegibilidad bajo el Título VI de la Ley de Conciliación de Responsabilidad Personal y
Oportunidad de Trabajo de 1996], Reglamento Federal 62 61,345, 61,362 Adjunto 3 (17 de noviembre de 1997)
(Provee exenciones de los requisitos de verificación de la situación para socorro de emergencia en casos de desastre
a corto plazo, no en efectivo y en especie, así como asistencia médica de emergencia no relacionada con
procedimientos de trasplante de órganos bajo el Título XIX de la Ley del Seguro Social.) Véase también National
Disaster Recovery Framework 74 [Marco nacional de recuperación de desastres 74], Agencia Federal de Manejo de
Emergencias (Septiembre de 2011).
15
comunidades inmigrantes en los esfuerzos de alcance y participación a fin de aclarar si la
elegibilidad para recibir servicios o beneficios está restringida por la situación de inmigración.
En los últimos años, DHS ha tomado acción para abordar las inquietudes de que las
poblaciones de inmigrantes pudieran verse desalentadas a evacuar de manera segura o buscar
asistencia inmediatamente antes de y durante desastres, o de que pudieran quedar al margen de
las respuestas a pandemias médicas. En respuesta al huracán Isaac, DHS publicó una declaración
en varios idiomas indicándole al público que "no habrán iniciativas de cumplimiento de
inmigración asociadas con las evacuaciones y el albergue… incluido el uso de puntos de control
para fines de cumplimiento de inmigración" a fin de promover actividades para salvar vidas y
mantener vidas.38 DHS publicó declaraciones similares antes de que el huracán Sandy llegara a
tierra en Estados Unidos en 2012.39 De manera similar HUD ha publicado preguntas y respuestas
sobre cómo la Ley de Vivienda Justa se aplica a persona sobe la base de su situación de
inmigración.40 Las oficinas del programa del HUD, que administran los fondos de recuperación
en casos de desastre, ofrecen recursos para los inmigrantes, así como información sobre cómo
presentar una querella de vivienda justa si se sospecha discriminación ilegal.41
En el año 2009, el Fiscal General Auxiliar de Derechos Civiles en Funciones publicó una
declaración, Addressing Civil Rights in Response to the H1N1 Influenza [Los derechos civiles en
respuesta al virus de influenza H1N1], para recordarles a los equipos de respuesta de la
importancia de proveer información en otros idiomas además de inglés y garantizar que no haya
acoso en contra de inmigrantes o personas de ascendencia mexicana. En diciembre de 2014, la
División de Derechos Civiles de DOJ publicó Public Guidance on Protecting Civil Rights While
Responding to the Ebola Virus [Directríz pública sobre la protección de los derechos civiles al
responder al virus del ébola] para abordar el aumento en informes de discriminación racial y por
nacionalidad de origen en contra de personas de países africanos o de ascendencia africana.
38 FEMA publicó comunicados de prensa indicando que "las prioridades principales de ICE en cualquier emergencia
son las actividades para salvar vidas y mantener vidas, evitar la pérdida de bienes en la medida que sea posible y
ayudar a una recuperación rápida de la región afectada[.]" Véase ICE-CBP Joint Message Regarding Hurricane Isaac
[Mensaje conjunto de ICE-CBP respecto de huracán Isaac] (27 de agosto de 2012), disponible en
http://www.dhs.gov/publication/ice-cbp-joint-message-regarding-hurricane-isaac (traducido y disponible en línea en
español, vietnamita y criollo haitiano) (acceso más reciente el 17 de febrero de 2016).
39 ICE-CBP Joint Message Regarding Hurricane Sandy [Mensaje conjunto de ICE-CBP sobre el huracán Sandy] (26
de octubre de 2012), disponible en http://www.dhs.gov/ice-cbp-joint-message-regarding-hurricane-sandy (traducido
y disponible en línea en español, chino simplificado, criollo haitiano, coreano y vietnamita) (acceso más reciente el
17 de febrero de 2016); véase también Comunicado de prensa, Storm Victims Urged To Come Forward For
Emergency Aid Regardless Of Immigration Status [Se anima a las víctimas de la tormenta a presentarse para
recibir ayuda de emergencia independientemente de su situación de inmigración], disponible en
https://beta.fema.gov/news-release/2004/08/18/storm-victims-urged-come-forward-emergency-aid-regardless-
immigration-status (en inglés) (acceso más reciente el 17 de febrero de 2016).
40Immigration Status and Housing Discrimination Frequently Asked Questions [Preguntas frecuentes sobre la
situación de inmigración y la discriminación en vivienda], disponible en http://www.equalhousing.org/wp-
content/uploads/2014/09/2012-Immigration-Status-FAQ.pdf (en inglés) (acceso más reciente el 17 de febrero de
2016).
41HUD Disaster Resources [Recursos de HUD en casos de desastre], HUD.gov,
http://portal.hud.gov/hudportal/HUD?src=/info/disasterresources (en inglés) (acceso más reciente el 17 de diciembre
de 2015).
16
Prácticas prometedoras
 Compartir información sobre los requisitos de elegibilidad traducida a los idiomas más
preponderantemente hablados en las áreas afectadas, incluido el grado, si corresponde, al
cual las restricciones de inmigración podrían afectar la elegibilidad de algunos miembros
de la familia.
 Proveer capacitación, y publicar y proveer declaraciones que recuerdan a los receptores,
entre ellos los equipos de primera respuesta y los proveedores de beneficios, sobre la
prohibición de discriminación y de no preguntar sobre la situación de inmigración a
menos que sea necesario para determinar la elegibilidad de una persona para recibir
determinado beneficio público.
 Publicar declaraciones públicas de que los receptores no participarán en actividades de
cumplimiento de leyes de inmigración en conexión con sus esfuerzos en casos de
emergencias y desastres.
 Participar en las comisiones de inmigración del estado, u otro equivalente estatal, al
elaborar planes de gestión de emergencias para identificar las necesidades de las
poblaciones de inmigrantes.
E. Recopilar y analizar datos
La evaluación continua por parte de los receptores de las necesidades de las poblaciones
raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas con las cuales se encuentran o a las que
atienden es una herramienta indispensable para garantizar el cumplimiento con el Título VI y la
realización de actividades de preparación, respuesta, mitigación y recuperación equitativas en
casos de emergencias y desastres. Recopilar y analizar información sobre la raza, el color, la
nacionalidad de origen, los idiomas hablados por las poblaciones con fluidez limitada en inglés,
así como otra información demográfica de las comunidades atendidas por un programa, actividad
o servicio con asistencia federal es vital para abordar los posibles obstáculos que pudieran tener
un impacto discriminatorio ilegal sobre la preparación, respuesta, mitigación y recuperación en
casos de emergencia. Cuando azota un desastre, los receptores deben rutinariamente tomar en
cuenta toda la población afectada y garantizar una distribución de recursos, servicios y beneficios
eficaz y no discriminatoria. El gobierno federal ha puesto a disposición un número de
herramientas y recursos de trazado de mapas que pueden ayudar a los receptores en este
esfuerzo.42
42El DOJ ha puesto a disposición una aplicación de trazado de mapas y mapas descargables disponibles en
www.lep.gov/maps (en inglés), que indican el número y porcentaje de personas con fluidez limitada en inglés a
nivel del estado, condado y distrito judicial. El Servicio de Investigaciones Económicas del Departamento de
Agricultura ha creado una aplicación de trazado de mapas que traza varias características demográficas a nivel de
condado, disponible en http://www.ers.usda.gov/data-products/atlas-of-rural-and-small-town-america/go-to-the-
atlas.aspx (en inglés). El equipo de Empresa del Sistema de Información Geográfica del HUD ha publicado una
herramienta de promoción afirmativa de la vivienda justa para ayudar a los receptores de asignaciones a garantizar
que cumplan sus obligaciones de derechos civiles. Hay información disponible sobre la herramienta en
http://egis.hud.gov (en inglés).
17
Las entidades locales también pueden colaborar con FEMA y los socios locales - entre
ellos agencias sin fines de lucro, grupos de defensa, organizaciones de servicios legales y
representantes comunitarios - para identificar, obtener, revisar y compartir datos agregados sobre
raza, color y nacionalidad de origen relacionados con el alcance y la distribución geográfica de
los daños ocasionados por desastres y emergencias antes de formular planes de recuperación y
mitigación. Un intercambio abierto de datos agregados entre los receptores, FEMA y la
comunidad durante el proceso de recopilación de datos mejora la precisión de la información. En
particular, eso puede ayudar a garantizar que los datos recopilados sean compartidos y no
excluyan información importante sobre efectos a la salud y daños a los sistemas de vivienda,
transporte público, infraestructura, así como otros efectos de un desastre o emergencia en
comunidades raciales, étnicas y con fluidez limitada en inglés diversas. Los receptores que
comparan la distribución geográfica de las distintas poblaciones en sus jurisdicciones con los
datos sobre el alcance de los daños y cualesquier posibles proyectos de recuperación y
mitigación estarán en muy buena posición para identificar las posibles desigualdades en la
distribución de recursos. Al identificar las posibles desigualdades sobre la base de raza, color y
nacionalidad de origen antes de que ocurran y modificar los planes de manera acorde, los
receptores evitarán infracciones al Título VI. Además, al recopilar y analizar información sobre
la gente que recibe, o deja de acceder, a los servicios de un receptor durante o después de una
emergencia, así como sobre su experiencia con los programas, puede iluminar las carencias de
participación, acceso y servicios.
También se les recuerda a los receptores que los reglamentos del Título VI autorizan la
recolección rutinaria de datos y otra información necesarios para garantizar la no discriminación
en programas y actividades que reciben asistencia federal, y que se les exige suministrar datos y
otra información que demuestre su cumplimiento.43 Los receptores de gobiernos estatales y
locales deben estar particularmente atentos a la recolección y el análisis de datos. Aunque el
receptor reciba fondos a través de una agencia administrativa del estado, los requisitos de
recopilación de datos del Título VI aún aplican. Los receptores deben garantizar que los
receptores secundarios que reciben asistencia financiera federal recopilen los datos necesarios
para que el receptor de los fondos federales pueda demostrar su cumplimiento con el Título VI.44
Más aún, la agencia de financiamiento podría obligar a algunos receptores estatales y locales a
recopilar datos. Por ejemplo, el Departamento de Educación exige que todas las escuelas
públicas y distritos escolares del país respondan a sus solicitudes de recopilación de datos de
derechos civiles.45 De manera similar, la Administración Federal de Tránsito exige que algunos
de sus receptores recopilen datos sobre la raza, el color y la nacionalidad de origen de sus
43 Coordination of Enforcement of Non-Discrimination in Federally Assisted Programs [Coordinación del
cumplimiento de la no discriminación en programas con asistencia federal], Sección 42.406(b) del Título 28, Código
de Reglamentos Federales.
44 Véase, p. ej., Sección 42.106(b), Título 28, Código de Reglamentos Federales.
45 Véase Civil Rights Data Collection [Recopilación de datos de derechos civiles], www.ed.gov,
http://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/data.html?src=rt (en inglés) (acceso más reciente el 17 de febrero de
2016).
18
beneficiarios para realizar análisis de igualdad de servicios a fin de garantizar cumplimiento con
el Título VI.46
Prácticas prometedoras
 Usar datos al planificar para una respuesta a emergencias, así como para los esfuerzos de
recuperación y mitigación a largo plazo. Se pueden usar datos del Censo o datos
recopilados por DHS, HUD, FEMA, sistemas escolares, organizaciones comunitarias,
agencias de gobiernos estatales y locales, y terceros para garantizar que se desarrollen los
programas de evacuación y otras respuestas de emergencia que mejor sirvan a las
comunidades del área de servicios. Usar recursos como la Oficina del Censo y los
Centros de Información del Censo para fines de capacitación y ayuda técnica sobre
análisis demográfico eficaz para un alcance con objetivo determinado.
https://www.census.gov/mso/www/training/index.html and www.lep.gov (en inglés).
 En el período inmediato y a largo plazo después de una emergencia o desastre, participar
activamente en recopilar y compartir información con las organizaciones comunitarias,
agencias sin fines de lucro, grupos de representación y líderes comunitarios locales para
determinar cuáles poblaciones fueron afectadas. Usar los datos recopilados a través de
estos esfuerzos, entre ellos datos anecdóticos, para formular planes de recuperación y
mitigación, hacer cambios para abordar faltas y obstáculos en los servicios, y garantizar
que, en violación a las disposiciones del Título VI, los planes no excluyan o afecten
negativamente de manera desproporcionada a ciertas poblaciones.
 Los datos pueden incluir la distribución geográfica de las personas según la raza, el color
y la nacionalidad de origen (lo que incluye la fluidez limitada en inglés); la dependencia
de comunidades particulares en el transporte público; la cercanía de varios grupos a zonas
de peligro de emergencias o desastres; y la distribución geográfica de los daños, tomando
en cuenta varios grados de severidad.
 Un proceso de evaluación puede servir para determinar si los programas y servicios
alcanzan y cumplen con las necesidades de poblaciones raciales, étnicas y con fluidez
limitada en inglés diversas. Recopilar sus propios datos para comparar la población de
servicio con las poblaciones que en efecto usan o participan en el programa para
determinar si la provisión de servicios discrimina en contra de ciertas poblaciones y
abordar cualquier falta de servicios.
Recursos de derechos civiles y gestión de emergencias
Para promover aún más estas y otras prácticas prometedoras, las agencias federales
publicarán recursos e información de derechos civiles en relación con las emergencias y los
desastres.
46 Véase Departamento de Transporte, Federal Transit Administration Circular 4702.1B [Circular de la
Administración Federal de Tránsito] (1 de octubre del 2012) disponible en
http://www.fta.dot.gov/documents/FTA_Title_VI_FINAL.pdf (en inglés).
19
A continuación señalamos algunos recursos disponibles:
o El DOJ ha elaborado el documento Tips & Tools for Reaching LEP Communities in
Emergency and Disaster Preparedness, Response, and Recovery [Consejos y
herramientas para dar alcance a comunidades con fluidez limitada en inglés para la
preparación, respuesta y recuperación en casos de emergencia]. Este documento va
dirigido a los encargados de toma de decisiones, planificadores y coordinadores de
acceso lingüístico estatales y locales responsables de la preparación, respuesta y
recuperación en emergencias. Provee estrategias para incorporar consideraciones de
acceso lingüístico en los planes de gestión de emergencias y desastres. Sirve de
directriz básica para que los receptores mejoren el acceso de las comunidades con
fluidez limitada en inglés y resalta prácticas innovadoras.
o El HHS ha creado el documento Checklist for Recipients of Federal Financial
Assistance [Lista de verificación para receptores de asistencia financiera federal] que
provee pasos que los receptores pueden dar para abordar las necesidades de la
comunidad entera, incluidos aquellos que están protegidos contra discriminación bajo
las leyes federales de derechos civiles, incluido el Título VI. Es un recordatorio breve
y eficaz de los pasos esenciales necesarios para integrar a estas poblaciones en los
programas y actividades de gestión de emergencias y desastres.
Conclusión
El huracán Katrina, así como emergencias y desastres subsiguientes, resaltaron una
lección recurrente: tenemos que tomar medidas en pro de la acción a fin de garantizar que todos
los miembros de nuestras comunidades queden debidamente incorporados en las actividades de
gestión de emergencias. Lo invitamos a comunicarse con la oficina de derechos civiles de su
agencia de financiamiento federal o con la Sección de Coordinación y Cumplimiento Federal del
DOJ en la División de Derechos Civiles para obtener ayuda técnica adicional sobre el
cumplimiento con las disposiciones del Título VI y otras leyes federales de derechos civiles.

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